Así es el procedimiento que debería seguir la inhabilitación de Rubiales solicitada por la Liga

Luis Rubiales, presidente RFEF, y Javier Tebas, presidente la Liga

Luis Rubiales, presidente RFEF, y Javier Tebas, presidente la Liga / Prensa La Liga

Ramón Fuentes

El CSD debe dar traslado de la propuesta de la patronal contra el Presidente, Secretario General y Jueza Única de la RFEF. Son los miembros del TAD, órgano dependiente del Consejo Superior de Deportes, quien debería emitir una propuesta de sanción. Fue el TAD quien inhabilitó a Villar en diciembre del 2017 por falta de neutralidad en el último proceso electoral . El procedimiento podría retrasarse unos meses antes de conocer una resolución.

El pasado miércoles conocimos la denuncia por abuso de autoridad y vulneración del Reglamento de la RFEF y LaLiga, que la propia Liga ha enviado al CSD contra el Presidente de la RFEF Luis Rubiales, su secretario General Andreu Camps y la jueza de competición Carmen Pérez a raíz de la decisión adoptada el pasado 26 de julio de obligar a disputarse las tres primeras jornadas de Primera en Sábado y domingo

Una denuncia que, atendiendo a la normativa vigente, lleva emparejado la inhabilitación de los tres afectados.

Ahora es el CSD quien debe seguir el procedimiento y que pasa por dar traslado del mismo al TAD (Tribunal Administrativo del Deporte) dependiente del mismo y a quien le compete la decisión de la apertura de expediente y si, finalmente, sanciona a los afectados. Es el mismo organismo que adoptó el 22 de diciembre del 2017 la decisión de inhabilitar al anterior presidente de la RFEF, Ángel Maria Villar, por vulnerar el deber de neutralidad en el último proceso electoral ganado por el directivo vasco, al difundir su programa electoral por varios medios y enviarlo por carta a las Territoriales. Una inhabilitación que dio pie a la convocatoria del proceso electoral que acabó con la llegada de Luis Rubiales a la presidencia de la RFEF el 18 de mayo del 2018. El mismo también que en junio de 2016 suspendió cautelarmente a Ángel María Villar a raíz del caso Soule. 

Pues bien, llegados a este punto, falta conocer cuando el CSD dará traslado de esta denuncia al propio TAD. Algo que puede demorarse por varios motivos. Primero porque no es cualquier cosa dar traslado al máximo Tribunal del Deporte de una denuncia que implica la apertura de expediente y que puede conllevar una inhabilitación para un presidente de Federación, su Secretario General y la jueza de Competición.

Un Tribunal que además mantiene un conflicto abierto con el propio presidente de la RFEF después de la querella que el propio Luis Rubiales en nombre de la propia Federación Española de Fútbol interpuso el verano del 2018, tras aprobarlo en Junta directiva del 5 de junio 2018, por presunta prevaricación administrativa contra la entonces presidenta, Maria Lídia Garcia Fernández, y todos los miembros que votaron positivamente en las reuniones del 24 de noviembre del 2017 y 4 de abril del 2018 que afectaron entonces al proceso electoral de la RFEF donde estaba inmerso el propio Luis Rubiales. Querella que está todavía pendiente de resolución pero que ha motivado que la CSD haya tenido que suspender y sustituir a todos los miembros del TAD por otros provisionales durante prácticamente toda esta última temporada para no entorpecer los procedimientos que afectan al fútbol español. 

La Segunda razón es porque todavía se desconoce la resolución que tomará el juez de lo mercantil tras la vista de medidas cautelares de este miércoles. Y sin duda su dictamen, aún siendo provisional, puede ser clave en cómo derive esta denuncia de La Liga. Decisión que podemos conocer ya este mismo viernes o el lunes próximo. 

Y, finalmente, sea cual fuere el pronunciamiento del juez Sánchez Magro, el CSD tiene un procedimiento ahora mismo en la vía contencioso administrativa a raíz de una demanda presentada por la propia RFEF después de que el órgano del estado no aprobara a principios de este año la propuesta de los horarios protegidos presentada por la Federación para que no se pueda jugar antes de las 19:30 desde el 20 de mayo hasta el 15 de septiembre.

La RFEF alegó silencio administrativo para incluirlo en su Reglamento pero la Comisión Directiva del CSD lo desestimó, por lo que acabó el estamento federativo denunciándolo por vía ordinaria. Resolución que también es clave para conocer la capacidad de la RFEF de poder fijar los horarios de los partidos. Todo esto explica que el CSD paralice el procedimiento habitual ante esta propuesta de inhabilitación de LaLiga.

El propio CSD emitió el pasado mes de marzo un informe de la Subdireccion General donde le reconocía las competencias a LaLiga a la hora de fijar los horarios de televisión de los partidos.

Además hasta ahora el CSD se mantiene al margen actuando únicamente como mediador en todo este conflicto, pero porque así lo propuso en su momento la Liga como condición para sentarse a negociar el convenio con la RFEF. Una vez que esta denuncia llegue al TAD, este debería abrir un expediente abriendo diligencias y dando traslado a las partes afectadas, para posteriormente resolver. Algo que, considerando las fechas, podría demorarse como mínimo unos meses.