El TAD considera que la RFEF tiene que modificar su reglamento electoral y estatutos

Luis Rubiales, el actual presidente de la RFEF, durante el sorteo de la Supercopa de España

Luis Rubiales, el actual presidente de la RFEF, durante el sorteo de la Supercopa de España / EFE

Ramón Fuentes

La semana pasada, con motivo de la aparición del nombre de Iker Casillas como candidato a la presidencia de la RFEF, ya contamos en SPORT que en el estamento federativo todavía no tiene el visto bueno del CSD para el adelanto electoral solicitado el pasado 16 de diciembre.

Adelanto que, como ya contamos en su momento, Luis Rubiales lo argumentó en su escrito al CSD en la candidatura conjunta con Portugal para celebrar el Mundial del 2030 así como la disputa de la Euro y los Juegos Olímpicos en este primer semestre del año. Un retraso que podría estar justificado también en la situación existente en el futuro de la presidencia del CSD una vez que ya se ha formado gobierno.

Ese mismo día os contamos también la existencia de un informe del TAD, órgano dependiente del CSD, que desaconseja el adelanto electoralUn informe eso si que no tiene carácter vinculante. Pero IUSPORT aporta más datos acerca de ese escrito donde defienden la imposibilidad del adelanto electoral dada la necesidad, según entienden en su escrito, de modificar el Reglamento electoral y los Estatutos de la RFEF. 

En cuanto a lo primero,  TAD afirma que el texto remitido por la RFEF es para el proceso electoral que tuvo lugar en el 2017, el último que ganó Angel Villar antes destaparse todo el caso Soule.  Bajo este punto, el TAD considera imposible desarrollar un proceso electoral en este año 2020 ajustándose a un Reglamento de hace tres años.

Es más, esta normativa debe ser modificada antes de iniciar cualquier proceso electoral en una Federación, tal y como establece el articulo 3 de la Orden Ministerial que regula los procesos electorales en las Federaciones. Además, según el calendario electoral que la RFEF había enviado a todos sus afiliados,  y como ya os contamos en SPORT; el proceso electoral federativo debería alargarse 118 días. Luego nunca podría ser antes del 31 de marzo como así expone Luis Rubiales en su solicitud enviada al CSD.

Pero además el escrito del TAD recoge la necesidad de reformar también los Estatutos para recoger los cinco nuevos miembros natos que el CSD habría autorizado de los 19 iniciales que la RFEF aprobó en su Asamblea General del pasado 10 de junio. Autorización que esta pendiente de su aprobación en Comisión Directiva. 

Así pues el TAD considera que esta modificación estatutaria de estos cinco miembros (los tres clubes de Primera que nunca han perdido la categoría y dos de fútbol playa) requiere primero ser aprobado por los propios miembros de la Asamblea de la RFEF. Una modificación que llevaría su tiempo y hace casi imposible, a juzgar por el TAD, el adelanto electoral.

Pero además de esta modificación de Reglamento electoral y Estatutos que el TAD considera obligatorio para el adelanto electoral, el órgano disciplinario tampoco considera la candidatura conjunta de España y Portugal para el Mundial del 2030 esgrimida por Luis Rubiales entre los motivos del adelanto; como algo que exija este cambio. 

Veremos pues si la RFEF llega en tiempo y forma legal para poder realizar este adelanto que, como adelantamos en SPORT, era su deseo ateniéndose a precedentes en el propio estamento federativo en el 2012 y otras federaciones deportivas olímpicas.