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La sanción al portero del Manlleu podría llegar a los cuatro años

Brutal agresión del portero del Manlleu al árbitro tras anularle un gol en el último minuto

Brutal agresión del portero del Manlleu al árbitro tras anularle un gol en el último minuto / @sportsenxarxa

Ramón Fuentes

El portero del Manlleu, Iván González Puertas, podría ser sancionado hasta cuatro años después de agredir con una patada al colegiado del encuentro Gerard Creus Soler, después de que este anulara el gol que el guardameta acaba de lograr y que suponía el empate a uno en el marcador en el partido Manlleu - Sant Cugat. Un tanto que llegaba en el tiempo de descuento después de que Iván González se sumara al ataque buscando evitar la derrota de su equipo. El colegiado entendió que el portero remató con la cabeza, anulando el tanto, a lo que el jugador respondió con una patada al portero. Acción que le puede suponer graves consecuencias al guardameta del Manlleu.

Inicialmente podría parecer que es un asunto que queda en manos de la Juez único de Competición de la RFEF, Carmen Pérez. Sin embargo, tal y como ha podido confirmar el diario SPORT, al tratarse de la primera catalana es un asunto que depende directamente de la Federación Catalana y que tendrá que decidir este miércoles su Comité de Competición.

Pues bien la clave en cuanto a la sanción final va a depender del parte médico que presente el colegiado en el acta y el tiempo de baja, si es que lo hubiera, del mismo. En el caso de que el colegiado Gerard Creus acredite con un escrito médico que, como consecuencia de la tremenda patada sufrida, tiene que estar más de diez días de baja; la sanción que le podría caer al guardameta del Manlleu podría extenderse a los cuatro años. Así lo acredita el artículo 308 del Cógido Disciplinario de la Federación Catalana y que dice textualmente lo siguiente: “Aquel que agreda a un árbitro, árbitro asistente con un propósito inequívoco de causar daño y originando una lesión de gravedad, incurrirá en las siguientes sanciones: privación de licencia e inhabilitación por más de un año hasta cuatro si el tiempo de baja fuera más de una semana”. Pero incluso en caso de llegar a ser un mes fuera del arbitraje como consecuencia de la agresión, el portero podría ser sancionado a perpetuidad.

En caso de no existir secuela física alguna entonces la sanción a la que se expone se reduciría pero siempre con un mínimo de quince partidos o tres meses fuera de los terrenos de juego pudiendo llegar a los veinte partidos o los seis meses de castigo. Así lo establece el artículo 322 del mismo Código de la Federación catalana que también habla de una sanción mínima de seis meses a un año para aquellos casos en los que, aún no habiendo lesión, el árbitro “aun no sufriendo lesión, precisara asistencia médica o, aún sin ello, se estimara que hubo riesgo grave, dada la naturaleza de la acción”. Así pues nos encontramos ante distintos escenarios pero siempre partiendo, parece claro, de un mínimo de seis meses pudiendo llegar a la perpetuidad si el árbitro estuviera más de un mes de baja como consecuencia de la patada recibida por el guardameta del Manlleu.