Un informe de Irene Lozano, clave para que las elecciones de la RFEF no fueran anuladas

Irene Lozano cree que si hubiera público en unos estadios y en otros no, se adulteraría la competición

Irene Lozano cree que si hubiera público en unos estadios y en otros no, se adulteraría la competición / EFE

Ramón Fuentes

Ramón Fuentes

El pasado 29 de julio el Tribunal Superior de Justicia de Madrid acordaba las medidas cautelares para que la RFEF pudiese continuar con el proceso electoral que el TAD había decidido anular el pasado 26 de junio.

Entre las distintas argumentaciones expuestas por Ana María Jimeno está uno de los últimos párrafos de la sentencia y donde deja claro que, en esta decisión final, y como argumento para sostener que la medida solicitada no perturba ni perjudica los intereses generales, "debe tenerse en cuenta el informe del Presidente del Consejo Superior de Deportes de 17 julio, en el que se concluye que de la paralización del proceso electoral de la RFEF puede resultar un daño al interés general".  Es decir el informe de Irene Lozano fue clave en la recuperación del proceso electoral ya retomado en la Ciudad del Fútbol y que tiene la fecha del 21 de septiembre la prevista para la elección del presidente.

Es decir, que el propio CSD a través de su máximo responsable emitió un informe desaconsejando la decisión del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), organismo que depende directamente del propio CSD. Textualmente el TAD es un "órgano colegiado de ámbito estatal y adscrito orgánicamente al Consejo Superior de Deportes/CSD (Ministerio de Cultura y Deporte)".

Pues bien, el diario SPORT ha tenido acceso a este informe que Irene Lozano, Secretaria de Estado para el Deporte, remitió el citado 17 de julio a la Abogacía del Estado con vistas a la defensa que está institución debía hacer de la resolución del TAD ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal superior de justicia de Madrid. 

Se trata de un informe de seis páginas donde la Secretaria de Estado empieza recordando todos los antecedentes de hecho del proceso electoral en la RFEF. Empezado por el pasado día 9 de marzo de 2020 cuando Comisión Directiva del CSD autorizó a la RFEF el adelanto solicitado para que se iniciara el proceso electoral a sus órganos de gobierno.

Ya entonces como argumenta el escrito se indicaban las "las diversas razones que desaconsejaban el retraso en el inicio del proceso electoral. Así como que la inestabilidad, que generaría en la RFEF y, por ende, en el fútbol español, podría afectar negativamente a los diversos acontecimientos deportivos a los que nuestro país se enfrentará en los próximos meses, a saber: Eurocopa, JJOO, Juegos Paralímpicos, mundial de Fútbol sala. Así como los problemas que podrían derivarse para la preparación y presentación de la candidatura para albergar el Campeonato Mundial FIFA de 2030", documento que ya expusimos en IUSPORT.

Como el mismo informe recuerda, este adelanto no pudo celebrarse por la pandemia hasta el pasado 10 de junio. Apenas 16 días después el TAD adoptaba esta suspensión del proceso electoral, y según dicho informe, por sólo un voto de diferencia entre los miembros del Tribunal: "La resolución adoptada, por mayoría de 4 votos a favor por 3 en contra, fue la estimación parcial de los recursos interpuestos con declaración de nulidad de pleno derecho de la convocatoria efectuada conforme a lo establecido en el fundamento sexto, y la anulación del calendario electoral publicado, con retroacción del procedimiento al momento inmediatamente anterior al de la convocatoria y elaboración del calendario electoral".

Esta primera parte de antecedentes acaba recalcando que esta "paralización del proceso electoral en la RFEF en este momento supone la única excepción al proceso general de adelanto electoral de las Federaciones Deportivas Españolas".

Es a partir de este momento donde la Secretaria de Estado, Irene Lozano, sin entrar en la valoración jurídica de la resolución adoptada por el TAD, empieza a argumentar que "la paralización del proceso electoral en curso puede provocar un daño al interés general".

En primer lugar, porque entiende que cualquier retraso de este proceso electoral "cuando ya existía un gran número de candidatos a la Asamblea General que habían resultado proclamados provisionalmente", afecta a las razones competicionales y de organización que considera llevaron a la RFEF a empezar el procedimiento el 9 de junio y que considera la Presidenta del CSD "quedarían comprometidas por un mayor retraso en la celebración de las elecciones o en la culminación del proceso electoral". 

Además, este retraso electoral, entiende Irene Lozano, “genera inestabilidad en la RFEF y, por ende, en el fútbol español."

Es en el punto 4 de la exposición de argumentos donde la Secretaria de Estado hace referencia a Los pactos de Viana alcanzados el 20 de abril de 2020 por el CSD, RFEF y  LaLiga que "posibilitaron además de la reanudación de las liga de fútbol profesional, la puesta en marcha de un escenario de entendimiento y colaboración entre los diferentes agentes del fútbol que ha revertido muy positivamente en todo el deporte español.

Así, la paralización del proceso electoral de la RFEF es un "obstáculo para seguir cimentando este clima de cooperación en el que el fútbol ejerce un elemento de tracción económica de los deportes más golpeados económicamente como consecuencia de la pandemia".

El siguiente argumento, y dentro de la reputación internacional del fútbol español como consecuencia de la pandemia, pasa porque cualquier paralización afectaría "al proceso preliminar de identificación de candidaturas para el Mundial FIFA de fútbol 2030". Entiende Irene Lozano que "Las posibilidades de este gran proyecto, que sería un gran proyecto de Estado (también reseñado como objetivo tripartito en los referidos pactos de Viana), con implicaciones políticas de buena vecindad y europeas a nivel internacional, y económicas, comerciales y sociales muy relevantes en el ámbito interno, se verían dañadas seriamente por la ejecución de una decisión que implicara la paralización del proceso electoral en curso o el retraso en la celebración de las elecciones”.

Añade que la paralización o dificultades que afectan al proceso electoral implicarán un retraso en los trabajos de la candidatura. Y este retraso puede implicar un riesgo evidente, ya que existen otras candidaturas europeas. 

De hecho, recuerda que "el mes de enero de 2022 es la fecha en que la UEFA tomará la decisión respecto a una candidatura europea que proponer a la FIFA para la decisión final acerca de los organizadores del Mundial 2030, considerando la organización del Mundial como un triunfo para el fútbol y la sociedad en general" y cualquier paralización del proceso electoral también podría perjudicar: "el riesgo de que alguna de las resoluciones judiciales finalmente pudieran ser favorables a las pretensiones de paralización del proceso electoral, lo que solo se considera como hipótesis, sería muy menor al grave perjuicio para los intereses generales en juego que se han descrito" .

El informe acaba recordando que en tales condiciones "se habría puesto en grave riesgo los intereses generales del deporte español, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, en los términos que se han descrito" y concluye: "elevo el presente informe a la consideración de la Abogacía General del Estado a los efectos de que pueda informarse sobre las situaciones de hecho e intereses generales que a juicio del Consejo Superior de Deportes se encuentran afectados por las decisiones". 

Un informe que, como queda expuesto en el auto del TSJM, tuvo una enorme importancia en la decisión final de conceder las medidas cautelares al proceso electoral de la RFEF, que ya ha retomado su calendario y que tiene la fecha del 21 de septiembre como la fijada para la elección del presidente para los próximos cuatro años.