La comisión directiva pospone su decisión sobre los miembros natos de la RFEF

Luis Rubiales quiere convocar elecciones

Luis Rubiales quiere convocar elecciones / EFE

Ramón Fuentes

El pasado día 12 informamos en SPORT, conforme había contado IUSPORT, que el CSD ha convocado su comisión directiva para este martes18 de febrero en donde se abordarían las reformas de los estatutos y reglamento electoral de la RFEF conforme a la petición de los nuevos cinco miembros natos de los 19 propuestos inicialmente por la RFEF para su Asamblea General. 

Sin embargo, el asunto ha sido retirado del orden del día de este martes 18 debido a que, como informamos el pasado jueves, el CSD está a la espera de la abogacía del Estado para pedir un nuevo informe al TAD sobre el adelanto electoral. Respuesta que, según fuentes consultadas por SPORT, debería producirse en un plazo de diez días. Luego estaríamos hablando de la última semana de febrero. 

Si bien la aprobación de las reformas normativas compete a la comisión directiva del CSD, la decisión sobre si se autoriza o no el adelanto electoral compete a la presidenta del organismo.

Por consiguiente, este retraso complica aún más la celebración del proceso electoral en la RFEF, conforme a la solicitud de Luis Rubiales al CSD el pasado 16 de diciembre. Una solicitud sobre la cual el TAD elaboró un informe desaconsejando el mismo y que ha provocado unas nuevas alegaciones del presidente de la RFEF, dando pie a esta consulta ante la Abogacía del Estado. Hay precedentes de Federaciones que lo han solicitado y se le fan concedido. 

Veremos pues que decide este informe de la Abogacía. En caso de ser favorable en favor de un nuevo informe del TAD, esto demoraría aún más la decisión. Y luego en función de su dictamen, fuera o no favorable , debería decidir el CSD. Si la Abogacía del Estado entendiera que no es necesario, habría que esperar qué postura adopta el propio CSD. 

Todo este tiempo corre en contra de los tiempos de la RFEF. Porque, además del dictamen del CSD, debería también aprobarse en Comisión Directiva esa propuesta de los miembros natos y los propios reglamento electoral y estatutos donde habría que recoger esos nietos cinco miembros. 

En el mejor de los escenarios donde la Abogacía estimara que el informe no es necesario, el CSD da el visto bueno al adelanto y la Comisión Directiva CSD aprobara los cambios; el proceso electoral no empezaría antes de mediados de marzo como pronto. Según el reglamento electoral que maneja la RFEF deberán pasar 80 días para la elección del presidente. Lo que nos llevaría a finales de mayo la celebración de las mismas. No olvidemos que todo lo que sea acercarse al comienzo de la Eurocopa inhabilita la posibilidad de celebrarlas dado que el Reglamento electoral obliga a que el día de celebración no puede haber competición oficial. 

Si la Abogacía del Estado optara por el informe esto demoraría los plazos porque habría que esperar al nuevo escrito del TAD para saber si insiste que no deben adelantarse o si debe aceptarse la solicitud federativa. En el segundo supuesto, habría que esperar a la modificación propuesta de los miembros natos ante la Comisión Directiva del CSD, para que el proceso electoral viera la luz. Esto podría llevarnos a finales de marzo y, en ese caso, sería casi imposible la celebración por falta de tiempo. Porque en esos 80 días no se pueden contar jueves y viernes Santo que son inhábiles por la ley electoral. Luego la fecha se acercaría a ese 12 de junio que inhabilita la posibilidad de celebrar elecciones hasta el 12 de julio dado que podría haber entrenadores, jugadores y árbitros que no podrían acudir por estar en la Eurocopa. 

Esto por tanto nos llevaría ya a la vuelta de los Juegos de Tokio para la celebración del proceso electoral, conforme establece el Reglamento que regula los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas.