La cafeína y la nicotina siguen bajo la lupa del doping

Diego Costa tomando un café antes de un partido

Diego Costa tomando un café antes de un partido / EFE

Ramón Fuentes

La AMA (Agencia Mundial Antidopaje) acaba de hacer oficial la lista de sustancias prohibidas para su consumo en el deporte, entre ellas el fútbol, y que entrarán en vigor a partir del 1 de enero del 2020. Sigue siendo especialmente llamativo el llamado "Programa de Seguimiento", que consiste en un examen exhaustivo de las sustancias aquí incluidas de cara a una futura prohibición. Y dentro de las mismas se mantienen dentro del apartado de productos estimulantes tanto la cafeína como la nicotina.

Ya contamos en enero que la AMA había incluido ambas sustancias en el programa de seguimiento en la competición durante todo este año 2019. Inclusión que responde al elevado número de controles antidopaje donde están apareciendo estas dos sustancias. Un indicio claro de su futura prohibición en la competición a partir de 1 de enero del 2021. De llevarse a cabo, esta prohibición supondría un cambio radical en las costumbres de los futbolistas en lo que afecta a la cafeína, a quienes es muy habitual verles consumiendo o tomando un café alrededor de hora y media antes del comienzo del partido.

Costumbre que se ve en otros muchos deportes donde también entraría en vigor. Ya en su día sucedió algo similar con el Meldonium, que fue incluida como sustancia prohibida en el año 2016 después de un largo proceso de seguimiento. Producto que le costó la sanción a la tenista Sharapova precisamente por desconocer que había sido incluida en el listado de productos prohibidos.

Permanecen dentro de este programa de seguimiento otras sustancias narcóticas como la codeína. Además, a partir de 2020 la AMA ha incluido una serie de sustancias que pasan a estar prohibidos tanto dentro como fuera de la competición. En este grupo está los Esteroides Anabólicos andrógenos, factores de crecimiento, las hormonas o moduladores metabólicos.

Además mantienen las sustancias ya incluidas en años anteriores. Por un lado están aquellas prohibidas siempre donde nos encontramos los agentes anabolizantes andrógenos exógenos (testosterona y nandrolona por ejemplo) y endógenos u otros agentes anabolizantes como el clembuterol. Luego están las hormonas perdíticas, factores de crecimiento (eritropoyetinas, hormonas de crecimiento GH por ejemplo) y las llamadas agonistas Beta 2 que incluye al famoso salbutamol dentro de unas dosis determinadas. Dentro de este primer listado están también los moduladores hormonales, diuréticos y agentes enmascarantes, manipulación de sangre o la manipulación química y física.

Dentro del listado de sustancias prohibidas en competición, la AMA sigue incluyendo un amplío listado de estimulantes (anfetamina, cocaína etc…), narcóticos (metadona, morfina etc..), canabinoides (canabis, hachís y marihuana) y glutocorticoides (cortisona, hidrocortisona). Veremos como evoluciona entonces el control tanto de la cafeína como de la nicotina de cara a una inminente prohibición que pudiera entrar en vigor en el año 2021.