ECONOMÍA
La Seguridad Social lo aclara: 15 años cotizados no bastan para jubilarse
Este 2026, la edad legal de jubilación ordinaria se situará en los 66 años y 10 meses

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante una intervención / Mariscal / EFE
Cuando empieza un nuevo año, significa que se vienen también modificaciones en materia de pensiones, y este 2026... no iba a ser menos. Desde ahora, los nuevos jubilados podrán desechar los dos peores meses de cotización del cálculo de su pensión y así mejorar la cuota.
La medida se aprobó en marzo de 2023 e incluye esta novedad como una de las más esperadas del paquete que se puso en marcha el 1 de enero para aquellos que se retiren profesionalmente este año.
La edad necesaria para jubilarse
Por lo que hace a la edad, entró en vigor una nueva modificación en la edad de jubilación en España que forma parte del calendario progresivo establecido en la reforma de las pensiones aprobada en 2013. Un plan, que como muchos ya recordaréis, fijó un aumento gradual tanto de la edad legal de jubilación como de los años cotizados necesarios para cobrar el 100% de la pensión. ¿El objetivo? Garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones de cara al futuro.
En 2026, la edad ordinaria de jubilación de sitúa en 66 años y 10 meses para todos aquellos que no alcancen el mínimo de cotización exigido. Un incremento de dos meses respecto a 2025. No obstante, la jubilación a los 65 años sigue siendo posible sin penalización para aquellas personas que acrditen al menos 38 años y tres meses cotizados a la Seguridad Social.
Este ajuste forma parte de la transición que culminará, al menos por ahora, en 2027, cuando la edad legal de jubilación alcance de forma definitiva los 67 años para quienes no cumplan con el periodo mínimo de cotización.
El régimen dual en 2026: imprescindible para calcular la pensión
Además, 2026 marca el inicio del llamado régimen dual para el cálculo de la pensión, introducido en la última reforma impulsada por el entonces ministro José Luis Escrivá. A partir de este año y de forma progresiva hasta 2037, los trabajadores podrán elegir entre dos fórmulas: calcular la pensión con los últimos 25 años cotizados o con los últimos 29 años, descartando los dos peores.
Sin embargo, por lo que hace a los años mínimos, la Seguridad Social aclara que no basta con tener 15 años cotizados para acceder a la pensión de jubilación. Existe un requisito adicional sobre los últimos años trabajados.
Para acceder a la jubilación contributiva es necesario haber cotizado al menos 15 años, pero además se exige que dos de esos años estén comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de solicitar la jubilación. Este requisito específico, que muchos desconocen, puede dejar fuera a quienes abandonaron el mercado laboral hace tiempo y no han vuelto a cotizar.
Por lo que hace a las lagunas de cotización, el sistema contempla un mecanismo de integración de lagunas para amortiguar el impacto. Las primeras 48 mensualidades sin cotización se rellenan con el 100% de la base mínima vigente, pero a partir de la número 49 solo se integra el 50%. En cualquier caso, este sistema no añade años efectivos cotizados, por lo que no ayuda a alcanzar antes el 100% de la pensión.
Además de la jubilación ordinaria, existen modalidades como la anticipada voluntaria, que permite adelantar el retiro hasta dos años, siempre que se acrediten al menos 35 años cotizados y la pensión resultante supere la mínima. También está la anticipada forzosa, que puede adelantarse hasta cuatro años en casos de despido o causas objetivas, con un mínimo de 33 años cotizados. En ambos supuestos se aplican coeficientes reductores.
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