JUBILACIÓN
Ya es oficial: La Seguridad Social adelanta la jubilación 10 años y sin coeficientes reductores a estos trabajadores
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones amplía las patologías que dan acceso a la jubilación anticipada

Elma Saiz / SPORT.es
La Seguridad Social ha aprobado una modificación relevante que afectará a miles de trabajadores con discapacidad en España. La nueva regulación permitirá acceder a la jubilación anticipada hasta diez años antes de la edad ordinaria, sin aplicar recortes en la pensión, siempre que se cumplan las condiciones fijadas.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha confirmado además la ampliación del listado de patologías que dan acceso a esta modalidad de retiro anticipado para personas con una discapacidad igual o superior al 45%. Con este cambio, alrededor de 50.000 personas podrían beneficiarse de la medida y jubilarse antes, en algunos casos incluso a partir de los 56 años.
La ministra Elma Saiz ha presentado la iniciativa como "una medida de justicia" para personas con enfermedades graves que ven muy condicionado su día a día y necesitan adelantar su jubilación. Según ha señalado, se trata de un compromiso adquirido por el Gobierno y responde a una reivindicación histórica de los afectados.
Entre las nuevas patologías incluidas figuran la espina bífida, el párkinson, la enfermedad de Huntington, la distrofia miotónica tipo 1 (Steinert), la amiloidosis por transtiretina variante, la enfermedad renal crónica en estadio 5, la esclerosis sistémica, la lesión medular, la degeneración corticobasal, la atrofia multisistémica y la parálisis supranuclear progresiva.

Ya hay herramientas que ayudan, por ejemplo, para el diagnóstico de enfermedades / Freepik
Esta actualización se incorporará en el Anexo del Real Decreto 1851/2009. Una vez en vigor, los beneficiarios podrán acceder a la jubilación anticipada sin penalización en la cuantía de la pensión. Para ello, deberán cumplir tres requisitos:
- Estar en alta o en situación asimilada al alta
- Acreditar al menos 15 años de cotización
- Haber convivido durante al menos cinco años con alguna de estas patologías con una discapacidad del 45% o más.
El tiempo que se adelanto se contará como cotizado a efectos del cálculo de la pensión, por lo que los trabajadores no verán reducida la cuantía final que les corresponde.
Además, el Gobierno mantiene otro mecanismo para profesiones especialmente especialmente duras o peligrosas, regulado en el Real Decreto 402/2025. En estos casos, se solicitan informes a distintos organismos, y una comisión integrada por representantes ministeriales y de los interlocutores sociales evalúa cada solicitud antes de aplicar los coeficientes reductores.
Algunos ejemplos ayudan a entender cómo funcionarán estas medidas. Según Sammos Legal, un trabajador con una discapacidad igual o superior al 65% que cumpla los requisitos de cotización puede adelantar su jubilación mediante coeficientes especiales sin que su pensión se vea afectada.
En profesiones concretas, como la de bombero, alguien con 35 años de servicio podría jubilarse a los 59 años en lugar de 60, aplicando un coeficiente reductor del 0,20 por cada año trabajado.
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