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Economía

Lagunas de cotización: La Seguridad Social permite disfrutar de la pensión sin haber llegado al mínimo de 25 años trabajados

La Ley General de la Seguridad Social permite mejorar la pensión de las personas que no hayan podido cotizar durante el período mínimo establecido por la legislación

Elma Saiz

Elma Saiz / EFE

Pol Langa

Pol Langa

El Gobierno de España busca la mejora de la calidad de vida de aquellas personas que ven amenazada su pensión de jubilación por motivos diversos.

Uno de los casos más evidentes son las personas que no han podido cotizar el mínimo de 25 años que dan opción a cobrar la totalidad de la pensión, lo que reduce la cuota en gran medida y podría no garantizar su bienestar.

Por eso, la Seguridad Social ha tomado la decisión de mejorar las pensiones de quienes se encuentran en esta situación con el objetivo de que no se vea tan perjudicada, sumando la cotización de años no trabajados al historial laboral, según permite la Ley General de la Seguridad Social.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, interviene durante una sesión de control al Gobierno, en el Senado, a 9 de septiembre de 2025, en Madrid (España).

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, interviene durante una sesión de control al Gobierno, en el Senado, a 9 de septiembre de 2025, en Madrid (España). / A. Pérez Meca - Europa Press

Estas 'lagunas de cotización', así se llama la medida, cubren los meses en los que no existió la obligación de cotizar dentro del período de cálculo de la pensión. En ningún caso, sin embargo, se utilizará la medida para mejorar la pensión existente, sino para proteger la cuantía de la pensión mínima.

La medida llega para dar respuesta a la reducción de la base reguladora de la pensión en los casos en los que se dejara de trabajar en algún momento de los últimos 25 años.

Un hombre sale de una oficina del SEPE, en Madrid.

Un hombre sale de una oficina del SEPE, en Madrid. / SPORT

El sistema actual tiene en cuenta la suma de los últimos 25 años trabajados y los divide entre 350, tomando los dos últimos años por su valor nominal y el resto por su valor real y se actualizan en función de la inflación.

Qué trabajadores no tienen derecho a esta medida

No todos los trabajadores tienen derecho a acogerse a esta medida. Concretamente, los autónomos no pueden aprovecharse, ni los trabajadores del Sistema Especial Agrario por cuenta ajena, así como los empleados del hogar, durante el periodo transitorio hasta 2023, en el cálculo de sus pensiones de incapacidad permanente y jubilación.

Por último, cabe destacar que la ley tiene en cuenta la integración de estas lagunas de cotización durante los seis meses siguientes al cese de la actividad.