JUBILACIÓN
Confirmado: la Seguridad Social puede denegar la jubilación si no se han cotizado dos años de los últimos quince
Esta norma de la Seguridad Social puede pasar por alto, pero resulta muy importante si se quiere obtener la pensión por jubilación.

Imagen de una mujer mirando su pensión
Muchos trabajadores sueñan con el día en el que cuelgan las botas para empezar una nueva etapa sin preocupaciones económicas, pero la realidad puede ser un jarro de agua fría. La Seguridad Social ha recordado una norma que pasa desapercibida y que puede hacerte perder la pensión por jubilación.
Aunque hayas cotizado 15 años o más en total, si no acumulas al menos dos años cotizados en los últimos 15 antes de jubilarte, la Seguridad Social puede denegar tu pensión contributiva, independientemente de que el resto de normas se cumplan a rajatabla.
La carencia específica
Esta exigencia, conocida como "carencia específica", está en el artículo 205 de la Ley General de la Seguridad Social y no es nueva. Imagina haber trabajado durante décadas pero con un paréntesis largo por cualquier tipo de motivo sin alta en la Seguridad Social.
Si esos dos años recientes no están cotizados en la Seguridad Social, la solicitud para obtener la pensión por jubilación se deniega. El mínimo global es de 15 años para acceder al 50% de la base reguladora, pero esos dos deben caer en los 15 previos al cese de cotización (no a la solicitud).

Mujer en edad de jubilación / Libre
Existen ciertas excepciones para algunas situaciones muy específicas, como puede ser el caso de excedencias, pero no cubren absolutamente todo. Y ojo: las pagas extras no cuentan en el cómputo, y ya hemos visto algunos casos recientes donde se ha producido la negación de la pensión.
Por ejemplo, un metalúrgico con 25 años cotizados en los años 80 y 90, jubilándose ahora sin tener ninguna actividad reciente, ha visto su sueño de jubilación truncado. Existen las alternativas, como un convenio especial para cotizar voluntariamente y tapar algunas lagunas, o subsidio no contributivo si hay ingresos bajos.
Una llamada de atención
Con la edad ordinaria en 66 años y 8 meses (o 65 con 38 años y 3 meses cotizados), este requisito incentiva carreras largas y activas. Revisa tu vida laboral en Tu Seguridad Social: es gratis y vital para planificar la jubilación. Si hay huecos, actúa ya, no vaya a ser.
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