ECONOMÍA
El BOE lo confirma: la Seguridad Social reconoce la baja laboral con el 100% del salario para los trabajadores que sean donantes
La nueva regulación, publicada en diciembre de 2024 y en vigor desde marzo de 2025, protege al trabajador

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. / Quique García / EFE
España revalidó en 2025 su liderazgo mundial con 6.335 trasplantes y 2.547 donantes fallecidos, sumados a 408 donaciones en vida. El modelo español, coordinado por la Organización Nacional de Trasplantes (ONT), constituye un referente internacional de eficiencia sanitaria y solidaridad ciudadana.
Detrás de cada donación en vida no solo existe un procedimiento médico. También hay que tener en cuenta evaluaciones previas, pruebas clínicas, desplazamientos al hospital, posibles ingresos y un periodo de recuperación que puede impedir al donante realizar su actividad laboral durante un tiempo.
Compensación económica
Por este motivo, muchas personas que se plantean donar se preocupan por las consecuencias laborales y económicas. La posibilidad de perder ingresos durante la baja médica puede generar dudas a la hora de tomar una decisión tan importante. Para dar respuesta a esta situación, la Seguridad Social ha establecido una protección específica para los trabajadores que donan órganos o tejidos en vida. Esta regulación, incluida en la Ley 6/2024, reconoce una situación especial de incapacidad temporal asociada directamente al proceso de donación.
De este modo, la baja médica por donación se considera dentro del régimen de incapacidad temporal por contingencias comunes, aunque con condiciones reforzadas. Se aplica durante todo el tiempo en el que el trabajador esté sometido a atención médica y no pueda desempeñar su trabajo, incluyendo la preparación, la intervención y la recuperación posterior.
Uno de los aspectos más relevantes de esta protección es la compensación económica. La prestación cubre el 100% de la base reguladora correspondiente a la incapacidad temporal, comenzando a pagarse desde el primer día de la baja y sin exigir un periodo mínimo de cotización previo.
Permiso retribuido
Además de la baja, la normativa contempla un permiso retribuido para los trabajadores que necesiten realizar pruebas o trámites médicos relacionados con la donación dentro de su jornada laboral. Esto incluye consultas, análisis, evaluaciones y cualquier exploración necesaria para determinar la viabilidad de la donación.
Esta regulación fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 21 de diciembre de 2024 y comenzó a aplicarse el 3 de marzo de 2025. Desde entonces, los donantes en vida cuentan con una protección laboral y económica específica que busca garantizar que este acto altruista no suponga un perjuicio financiero.
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