Declaración de la Renta
El aviso de Hacienda para los que no han hecho la Renta 2021
Presentarla fuera de plazo, que concluye el 30 de junio, es una infracción leve, penada con multas de 400 euros
Redacción
Este jueves, 30 de junio, finaliza el plazo para que los contribuyentes presentasen su
declaración de la renta de 2021
. Terminó una campaña en la que se ha vuelto paulatinamente a la normalidad tras un par de años marcados por el cierre de oficinas de la
Agencia Tributaria
por la
pandemia de coronavirus
. Entonces, ¿qué sucede si una persona no ha presentado la declaración? ¿Se puede entregar la documentación una vez que ha expirado el plazo?
Pues bien, presentar la declaración de la renta más allá del 30 de junio es posible, pero se corre el riesgo de que Hacienda imponga sanciones.
Pasarse de plazo es más habitual de lo que se puede pensar y no supone ningún trámite adicional. Es decir, se tienen las mismas opciones para presentar la declaración que en el periodo voluntario, de tal modo que se puede hacer de forma presencial en las delegaciones que la Agencia Tributaria tiene por todas las provincias o por internet.
Eso sí, lo ideal siempre es acudir de manera voluntaria para evitar sanciones mayores, que pueden alcanzar hasta el 150% de la cantidad a ingresar cuando la declaración salga a pagar.
Como norma general, el hecho de no entregar en el período establecido la declaración puede ser considerado como una infracción leve que está penalizada con multas de entre 100 y 400 euros.
En los casos en los que se trate de una declaración a devolver, cuando esta se presenta fuera de plazo, la sanción tendrá una reducción del 50%. Si el contribuyente no recurre, tal como ocurre con las multas de tráfico, a la sanción se le aplicará una bonificación del 30%.
En cualquier caso, si se decide la apertura de un proceso sancionador, concluirá con la resolución de que se deba pagar más dinero de lo que se recibe de Hacienda.
Por el contrario, en los casos en los que la declaración sea a pagar, las consecuencias suponen un mayor daño económico, debiendo tener en cuenta un porcentaje de penalización en función a su retraso y al hecho de si es el contribuyente el que paga voluntariamente con retraso o Hacienda quien acude a reclamar, siendo en este último caso mayores las sanciones.
Si un contribuyente no cumple los plazos, Hacienda tiene hasta el año 2023 para reclamar al contribuyente su obligación.
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