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El lanzamiento de balones será una sanción leve contra el Barça

El lanzamiento de balones y pelotas de playa será castigado

El lanzamiento de balones y pelotas de playa será castigado / AFP

Ramón Fuentes

Un minuto y medio es lo que recoge el acta de Hernández Hernández que estuvo detenido el juego en la segunda parte por el lanzamiento de balones al terreno de juego. Literalmente el colegiado canario lo recoge así en el acta arbitral: “Lanzar objetos: En el minuto 55, el encuentro estuvo detenido durante un minuto y treinta segundos debido al lanzamiento, por parte del público, de balones al terreno de juego”.

A tenor de la redacción, si bien obligó a detener el desarrollo del partido, no debería pasar de una sanción de carácter leve. Más que nada porque no se dan, salvo que alteró durante un minuto el desarrollo normal del encuentro, ninguno de los demás condicionantes que recoge el artículo 15 sobre la responsabilidad de los clubes.

Así pues parece claro que será considerada como leve, ya sea según el artículo 110 relativo a la alteración del orden de carácter leve o por el artículo 125 de los deberes propios en la organización del encuentro. En ambos casos establece una multa máxima de 602 euros. Además tenemos el precedente del Metropolitano precisamente en el choque ante el Barça y donde Mateu Lahoz recogió el lanzamiento de objetos, incluido un paraguas, tras el gol de Leo Messi. Algo que Competicion castigo con una multa de 301 euros, el grado medio. Es la forma de multar la primera vez se que produce una sanción, sea cual sea, y no reviste gravedad. Luego para el equipo azulgrana, aún deteniendo el juego, debería ser similar.