La Comisión de Disciplina de la UEFA podría revisar la entrada de Cristiano

Ramón Fuentes

Corría el minuto 92 de encuentro entre la Juventus i el Ajax cuando Cristiano Ronaldo, estando ya eliminada la Juventus, cometía una durísima entrada al jugador del Ajax, Vellman. Acción que el colegiado francés Clement Turpin sancionó únicamente con tarjeta amarilla.

La pregunta que surge ahora es: ¿Entrará de oficio la Comisión de Disciplina de UEFA en la durísima entrada del portugués?. Sin duda es algo que no podemos descartar y más conociendo el modus operandi del órgano disciplinario de UEFA en donde, a diferencia de lo que sucede en España, actúa de oficio en cuanto entiende que hay motivos para hacerlo.

Y este podría ser uno de ellos. Porque la acción de CR7 está dentro de las consideradas como “Juego brusco” tal y como recoge el punto 2 del apartado a del artículo 15 del Código Disciplinario de la UEFA relativo a las conductas inapropiadas. Es más, el propio artículo establece que este tipo de acciones deben castigarse con “un partido o un período específico de partidos de la competición”.

Veremos pues la postura de la Comisión de Disciplina de UEFA que, en caso de hacerlo, debería notificarlo en los próximos días. No olvidemos además que no es el primer capítulo del portugués esta misma temporada. Ya en la primera jornada de la fase de grupos en Mestalla el colegiado alemán Felix Brych le expulsó por lo que entendió era una agresión al defensa Jeson Murillo.

Finalmente la Comisión de Disciplina de UEFA entendió que no era una agresión sino precisamente una acción de juego brusco y le acabó sancionado con un partido.

Una vez considerados todos estos elementos, hay otros que juegan claramente a favor del portugués y que justifican que no haya intervención alguna. Si bien va muy fuerte hacia el jugador y con la rabia por saber que están fuera de la Liga de Campeones, se trata de una entrada a ras de suelo.

Pero además, y según hemos podido saber en SPORT, la acción fue chequeada en el partido por la sala de VAR que no consideró que hubiera motivos para rectificar la decisión adoptada por el colegiado francés.