El TAD desestima el recurso y confirma la sanción a Canales

El cántabro se perderá los encuentros ante Osasuna, Real Sociedad y Barça

El futbolista cumplirá un castigo impuesto en octubre tras una expulsión de Mateu Lahoz

Betis - Cádiz | La expulsión de Sergio Canales

Sergio Canales fue expulsado en el 38 de juego ante el Cádiz / LALIGA

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El Tribunal Administrativo del Deporte confirma la sanción de cuatro partidos a Sergio Canales. No ha habido perdón para el futbolista cántabro, que se perderá los duelos ante Osasuna, Real Sociedad y Barcelona. Asimismo, el santanderino no estará ante el Espanyol el sábado, aunque ese castigo corresponde a la expulsión ante el Cádiz del duelo de hace una semana, donde jugó con la cautelar pero acabó igualmente viendo la roja. 

El TAD ya había desestimado las medidas cautelares solicitadas por el Betis para suspender la sanción de cuatro partidos impuesta a Canales después de que el Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) confirmara la decisión del de Competición.

El Betis indicó entonces que no había tiempo material suficiente para recurrir a otras instancias que pudieran conceder la suspensión cautelar de dicho castigo al centrocampista cántabro, el gran referente del juego ofensivo del equipo entrenado por el chileno Manuel Pellegrini, antes del partido que los verdiblancos perdieron ante el Atlético de Madrid (1-0).

Apelación rechazó el recurso presentado por Canales contra su sanción de cuatro partidos, impuesta por decir, cuatro meses después de su expulsión en octubre por el árbitro Antonio Mateu Lahoz en el encuentro de Liga ante el Cádiz, que ésta fue premeditada.

El internacional bético pidió el archivo del expediente sin imposición de sanción, por no haber cometido la conducta tipificada como infracción grave en el Código Disciplinario de la RFEF (art.106), y solicitó adicionalmente medida cautelar urgente, para suspender la ejecución de la sanción.

Apelación desestimó su recurso y mantuvo la sanción impuesta por el Comité de Competición el pasado 29 de marzo, por unas declaraciones que hizo al término del partido de la jornada 22, contra el Valladolid, el 18 de febrero, cuando dijo que el colegiado valenciano tenía "premeditada" su expulsión en el encuentro del 19 de octubre contra el Cádiz.

El recurso del capitán bético se basó en que no pronunció la palabra "premeditada", sino que dijo un término "ininteligible" y que "lo que pretendía decir era que había sido sancionado de manera precipitada (las dos tarjetas fueron muy rápidas y no me dio tiempo a hablar con él), considerando que afirmar que el árbitro se precipitó, entraría dentro de los límites de la libertad de expresión", algo que acreditó con vídeos de declaraciones hechas en días posteriores.

Apelación rechazó estos argumentos, por la difusión de las declaraciones de Canales en un medio de comunicación, porque la denuncia remitida por el director de seguridad de la RFEF que originó el expediente transcribe el término "premeditada" y son la base para considerarlas como infracción grave según el artículo 106.