La sentencia sobre el caso Griezmann, este miércoles

Griezmann explica su segundo gol: "Veo a Messi hacerlo en los entrenos"

El francés tiró un guiño a Leo Messi cuando le preguntaron por su segundo gol ante el Betis / Movistar

RAMÓN FUENTES

Mañana miércoles podría haber decisión al caso Griezmann sobre el procedimiento abierto el pasado mes de julio ante un posible contrato que el jugador hubiera firmado con el Barcelona el pasado mes de marzo, incumpliendo el artículo 143 del Reglamento General de la RFEF. El Comité de Competición o, en su caso, la juez única de competición Carmen Pérez, debe adoptar una resolución tras la apertura de un expediente extraordinario abierto el pasado 19 de julio.

Que mañana decida la Jueza de Competición Carmen Pérez depende de si el club azulgrana ha presentado las alegaciones y que ella misma haya podido estudiarlas. En los procedimientos extraordinarios, a diferencia del resto, en el momento que el juez instructor tiene su propuesta de sanción, inmediatamente se debe dar traslado a los afectados que tienen diez días hábiles para presentar alegaciones. No es descartable que no hubiera resolución hasta la próxima semana.

Este lunes, el diario 'El Mundo del Siglo XXI' se hizo eco de la propuesta que el juez instructor que lleva el caso Griezmann tendría previsto presentar el miércoles al Comité de Competición. Según la información de nuestros compañeros, se remiten al artículo 143 del Reglamento General, relativo a la contratación de futbolistas con contrato en vigor.

La misma información fundamenta que el juez instructor propone una sanción de 300 euros además de, dada la poca relevancia de la cuantía, la posibilidad del cierre del Estadio del Camp Nou por un partido. Y alude en la misma a los artículos 88 y 126 del Código Disciplinario para amparar esta propuesta de sanción. 

Esta resolución, según fuentes consultadas por el SPORT, tiene una cierta complejidad. No en cuanto a la cantidad económica porque por norma, y no habiendo antecedentes, siempre se fija la cuantía media de la misma -eso explica que proponga los 300 de los 602 totales-. Pero, según las mismas fuentes, tiene serias dudas que en este caso como es un supuesto incumplimiento de contrato, se pueda imponer una partido de cierre del estadio. Esto debería ser más en incumplimientos derivados en tema de seguridad, público etc.. pero no en este caso.

Una vez se conozca la resolución de la Jueza Única podrá recurrir ante el Comité de Apelación y en última instancia ante el TAD, Tribunal Administrativo del Deporte.