Puntualizaciones de la defensa de Sandro Rosell

En nombre de la defensa de Sandro Rosell, sus abogados han hecho llegar una nota de prensa en la que declaran: "El informe del que se hace eco El Confidencial en el día de hoy, recogido y reproducido a su vez por varios medios, y la información que contiene, no es novedoso. En el informe de la UDEF de la Guardia Civil de 25 de mayo de 2017 ya se contenían estas informaciones que se publican hoy. Tanto es así que el Sr. Rosell ya declaró por estos mismos hechos, estas mismas informaciones en sede policial y judicial. En síntesis la remuneración a la que se hace referencia no proviene de actividades ilícitas ni ilegales sino de un contrato a largo plazo entre Nike y Ailanto, la empresa de marketing deportivo de Sandro Rosell en Brasil, que además de contar con una importante estructura de personal se encontraba al día con la hacienda brasileña.

El objeto de dicho contrato entre estas dos empresas consistió en ofrecer a Nike un servicio externo de marketing deportivo, para los diferentes clientes que tenía en Sudamérica. El contrato se realizó correctamente durante los años en que estuvo en vigor. Una vez Sandro Rosell asumió la presidencia del Futbol Club Barcelona, se iniciaron discusiones entre las partes sobre el mismo, llegando a un acuerdo conjunto por el que se rescindiría este contrato fijándose una indemnización a favor de Ailanto. Cuando Ailanto recibió la correspondiente cantidad, indemnizó a los trabajadores, cerró su estructura, pagó los correspondientes impuestos, repartió dividendos y cerró la sociedad.

Con los dividendos obtenidos Sandro Rosell devolvió un préstamo concedido años antes el cual se encuentra completamente documentado tal y como le consta a la UDEF, a la Audiencia Nacional y tal como quedó recogido en un informe de KPMG encargado por Sandro Rosell en 2016.

Todo ello ya consta en la causa. Por lo tanto, la información ni es nueva, ni es cierta, ni en ningún caso es susceptible de ser interpretada como constitutiva de sobornos, comisiones ni de uso de paraísos fiscales. Téngase en cuenta que la indemnización percibida se realizó en Brasil y de ahí fue repatriada a España donde se pagaron también los correspondientes impuestos.

¿Qué paraísos fiscales son España y Brasil? Lo más sorprendente es que la noticia salga hoy, el día siguiente de que Sandro Rosell haya prestado declaración ante el Juzgado Central de instrucción 3 de la Audiencia Nacional, haya dado las explicaciones oportunas y en cambio se omita que lo apuntado por la UDEF en su informe no deja de ser una mera sospecha. Entendemos que es una noticia más para reforzar un procedimiento que cada vez se encuentra más débil"