Las consecuencias disciplinarias del Betis-Barça

Sergi Roberto y Fekir, en una acción del partido

Sergi Roberto y Fekir, en una acción del partido / AFP

Ramón Fuentes

El intenso Betis- Barcelona disputado en el Benito Villamarín y que supuso la victoria azulgrana 2-3 deja varias consecuencias disciplinarias para el conjunto bético. La primera como consecuencia del lanzamiento de objetos, acto que se produjo según el colegiado Sánchez Martínez coincidiendo con la expulsión de Fekir. Sánchez Martínez lo hizo constar así en el acta arbitral:

Lanzar objetos: En el minuto 77 se lanzaron, por parte del público, varias botellas de plástico al terreno de juego tras la expulsión de un jugador local. Varias de ellas fueron arrojadas con líquido en su interior y el tapón puesto, no impactando en ninguno de los contendientes. Dicho incidente fue comunicado al delegado de campo para que anunciasen por megafonía el cese de dichos lanzamientos".

Ahora habrá que ver qué consecuencias disciplinarias tiene para el equipo andaluz. El Código Disciplinario habla de la responsabilidad de los clubes en su artículo 15 que dice textualmente lo siguiente: "Cuando con ocasión de un partido se altere el orden, se menoscabe o ponga en peligro la integridad física de los árbitros, jugadores, técnicos o personas en general....incurrirá en responsabilidad el club organizador del mismo, salvo que acredite el cumplimiento diligente de sus obligaciones y la adopción de las medidas de prevención exigidas por la legislación deportiva para evitar tales hechos o mitigar su gravedad".

En el mismo artículo determina las posibles consecuencias en función de la gravedad : "Para determinar la gravedad de los hechos se tendrán en cuenta las circunstancias concurrentes, tales como la producción o no de lesiones; la apreciación de riesgo notorio de haberse podido originar, salvo si para su evitación hubiese mediado la diligencia del organizador".

Veremos qué consecuencias disciplinarias le puede acarrear al club bético y que pasan porque el Comité de Competición estime lo sucedido como grave, por las posibles consecuencias que pudo haber tenido si hubiera impactado en algún jugador o entienda que es leve, dado que no influyó en el desarrollo normal del encuentro. Es determinante el hecho de que no impactaron sobre ningún jugador, árbitro etc.

En el primer caso, lo normal es que quedara en una multa económica que rondaría los 3000 euros pudiendo llegar a los seis mil y que incluso podría implicar el cierre parcial desde donde se produjeron; aunque lo normal es que quede en un apercibimiento o incluso ni esto vaya aparejado a la multa. En el mejor de los escenarios, de ser considerado leve, lo sucedido podría acarrear sólo una multa de 602 euros. 

Fekir y Lenglet serán sancionados con un encuentro

Como decimos estos incidentes se produjeron como consecuencia de la expulsión del jugador local Fekir en el minuto 77 de encuentro tras los gestos a Sánchez Martínez. Por suerte para el bético esto le supondrá sólo un partido de sanción al ver la roja como consecuencia de dos tarjetas amarillas. Según recoge el colegiado en el acta la primera fue por "derribar a un contrario en la disputa del balón de forma temeraria", y la segunda instantes después por "protestar de forma ostensible, levantando el brazo, una decisión mía en desconsideración hacia mí, habiendo sido advertido previamente". El propio acta deja constar que su expulsión fue por doble amarilla. 

Lo mismo sucede con el azulgrana Lenglet que resultó expulsado un minuto después por doble amarilla. La primera la vio en el minuto 5 por jugar el balón con el brazo. La segunda se produjo en el minuto 78 por "Derribar a un contrario en la disputa del balón de forma temeraria". Dos tarjetas amarillas y la consecuente roja que le privarán de estar para recibir al Getafe.  

Y por último están las declaraciones del directivo López Catalán en los micrófonos de Movistar donde dejo entrever una campaña de persecución contra el club bético por parte del estamento arbitral. No olvidemos que el Betis decidió abandonar el pasado mes de diciembre la Junta Directiva de la RFEF precisamente por su desacuerdo con el VAR y como se estaba actuando contra el club bético.  

De existir sanción, y teniendo en cuenta que no ha podido entrar en vigor la modificación disciplinaria que la RFEF quería haber incluido para sancionar duramente cualquier manifestación contra el estamento arbitral, siempre sería económica según el artículo 89 del Código Disciplinario respecto a los actos notorios. El montante podría estar entre los 602 hasta los 3006 euros.