Así son las órdenes arbitrales del estamento arbitral sobre las manos

Messi con el colegiado, en el último enfrentamiento ante el Valladolid

Messi con el colegiado, en el último enfrentamiento ante el Valladolid / JAVI FERRÁNDIZ

Ramón Fuentes

Este fin de semana, y hasta ahora los ochos partidos de esta segunda jornada de liga, nos ha dejado distintas situaciones donde los jugadores han tocado el balón con la mano. En algunos casos han sido sancionadas por los colegiados y en otro no. Situación que nos lleva a preguntarnos: ¿Cuándo deben pitarse? ¿Existen o no existen las manos involuntarias?.

El pasado 17 de agosto publicábamos en SPORT las directrices a seguir esta temporada por el estamento arbitral después de las jornadas de pretemporada en Valencia. Y dentro de ellas, y merece un análisis, está el capítulo de las manos tan polémico durante la temporada.

El Leganés- Real Sociedad del viernes y el Atlético de Madrid – Rayo Vallecano del sábado nos deja dos situaciones casi idénticas en las manos de Zaldúa y Trejo. En ambas ni Munuera Montero ni González González sancionaron nada. Lo mismo que las dos primeras que tampoco fueron sancionadas por Carlos del Cerro Grande en el Espanyol – Valencia.

No así la mano de Diakhaby que propició la falta botada por Granero y el primer gol del Espanyol gracias al VAR. Mano por la que el jugador, que ya vio una amonestación previamente, no fue sancionado. Ante la pregunta de ¿Cuándo es o no es mano? ¿En que radica la voluntariedad? ¿Existe unanimidad arbitral?.

La respuesta es sí y está perfectamente descrito en la circular 4 que el Comité Técnico de Árbitros enviaba hace pocas fechas a todos los colegiados resumiendo el trabajo intenso de pretemporada.

Todas las que se han producido hasta ahora en este segunda jornada están dentro del capítulo de “Manos rebotadas”. Con una clara diferenciación entre unas y otras. Las que no han sido sancionadas por los colegiados quedan recogidas perfectamente en la circular arbitral. “Las manos rebotadas que impactan en la mano o brazo del jugador, como principio, por su total involuntariedad, no serán sancionadas”.

Aquí estaría la mano del donostiarra Zaldúa reclamada por el Leganés el pasado viernes a Munuera Montero o la de Trejo en el Atlético de Madrid- Rayo Vallecano pitado por González González. Incluso las dos primeras del Espanyol- Valencia.

Pero ese mismo texto incluye una excepción: “pero si observamos que, desde el inicio de la jugada, el defensor, con una clara internción de cubrir más espacio, eleva o despega claramente su/s brazo/s o manos y el balón impacta en esa zona del cuerpo, será sancionado tanto técnica como disciplinariamente conforme a las reglas”. Y dentro de este segundo matiz estaría la mano de Diakhaby si señalada por Del Cerro.

El jugador del Espanyol tiene claramente extendido el brazo, cubriendo más espacio y el balón golpea en la trayectoria frenando el disparo del jugador del Espanyol. Si bien no hay voluntariedad, porque además se agacha previamente un jugador del equipo perico, la mano existe de ahí que fuera señalada pero no amonestado el jugador che.

Manos apoyadas sobre el terreno de juego

Si bien no se ha dado hasta ahora en lo que llevamos de temporada. Otro capítulo donde se ha buscado la unanimidad arbitral en el apartado de las manos son aquellas en las que el jugador tiene las mismas apoyadas sobre el terreno de juego. También aquí la circular arbitral no deja lugar a dudas. Aquellas en las que “el jugador no hace ningún movimiento intencionado o voluntario para interceptar el balón, sino que usa el brazo como soporte para mantener el equilibrio, debajo del cuerpo y apoyado en el terreno de juego” no serán sancionadas. Es algo accidental y derivado del desarrollo del juego.  En cambio, en el momento que el jugador “realiza un movimiento con la finalidad de tocar el balón u ocupar más espacio “haciéndose más grande” para interceptar el balón” será cuando se sanciona como corresponda, libre directo o penalti, y disciplinariamente, si fuera necesario.

¿Cuándo se amonestan las manos?

También aquí la circular del CTA es clara al respecto. Deberán ser amonestadas disciplinariamente con tarjeta amarilla aquellas en las que el jugador “interfiere un ataque prometedor o detenerlo”; así como cuando toque el balón con la mano “en un intento de marcar un gol, independientemente que lo consiga o no; o en un intento de evitar un gol sin conseguirlo”. Si lo consigue evitar será motivo de expulsión.

Las manos elevadas o ascendentes en el área. La mano de Piqué ante Rusia en el Mundial

Además la circular arbitral añade un capítulo relacionado con acciones que se han producido recientemente en el Mundial de Rusia, que de hecho una tuvo como protagonista a Pique en el partido ante Rusia que propició el primer gol del país anfitrión. Pues bien, estas acciones también están reguladas por el CTA de la siguiente forma: “manos cometidas en las áreas, donde un delantero remata de cabeza y el balón es interceptado por el brazo o mano del defensor, teniéndola claramente en posición elevada o ascendente”, como sucedió con Gerard Piqué, “lo que el riesgo asume al realizar esa acción defensiva es determinante para establecer la sanción que debe aplicarse, es decir, penalti y, en el caso de que estimemos que corta un remate claro o ataque prometedor, será así mismo amonestado”.

Así pues parece claro que no hay dudas en los árbitros sobre el capítulo de las manos. Esto explica la unanimidad existente en estas primeras jornadas en cuanto a su señalización y cuando deben ser amonestadas.

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