Íñigo Martínez, cuatro partidos de sanción

Al considerarse su sanción grave, se pierde partidos tanto de Copa del Rey como de Liga

El Athletic Club cuenta con diez días para presentar alegaciones ante la sanción

Íñigo Martínez disputando un balón con Ronald Araújo.

Íñigo Martínez disputando un balón con Ronald Araújo / Javi Ferrándiz

Ramón Fuentes

Ramón Fuentes

Íñigo Martínez, jugador del Athletic Club, ha sido sancionado cuatro partidos después de ver la tarjeta roja en el último partido de Liga frente al Levante. Al considerarse sanción grave, se cumplirá en las dos competiciones nacionales, por lo que tampoco podrá estar este miércoles en la vuelta de semifinales de la Copa del Rey.

El jugador de Ondárroa fue expulsado una vez acabado el partido cuando, según el acta arbitral, agredió al futbolista rival Sergio León: "fue expulsado por el siguiente motivo: Una vez finalizado el encuentro y estando todavía en el terreno de juego, golpeó con su mano en la cara a un adversario con uso de fuerza excesiva. Este hecho fue comunicado a ambos delegados en el túnel de vestuarios, ya que el jugador implicado había abandonado el terreno de juego".

Considerando esta versión, no hay otra interpretación que la adoptada por el Comité de Competición. Así lo tipifica el artículo 98 del Código Disciplinario que le han aplicado en su grado mínimo "Agredir a otro, sin causar lesión, ponderándose como factor determinante del elemento doloso, necesario en esta infracción, la circunstancia de que la acción tenga lugar estando el juego detenido o a distancia tal de donde el mismo se desarrolla que resulte imposible intervenir en un lance de aquél, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos."

Para las sanciones que son graves, el Código Disciplinario considera que el castigo empieza el próximo partido, independientemente de la competición. Así lo explica el artículo 56 del mismo: "La suspensión por partidos que sea consecuencia de la comisión de infracciones de carácter grave o muy grave, implicará la prohibición de alinearse, actuar, acceder al terreno de juego, al banquillo y a la zona de vestuarios, en tantos aquellos como abarque la sanción por el orden en que tengan lugar, aunque por alteración de calendario, aplazamiento, repetición, suspensión u otra cualquiera circunstancia, hubiese variado el preestablecido al comienzo de la competición".

Ahora, el Athletic Club puede solicitar la cautelar ante Apelación para conceder una suspensión a la sanción. Mientras, el club vasco tiene un margen de diez días para presentar alegaciones.