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Ver el Mundial en casa puede acabar en denuncia: ¿tus vecinos pueden llevarte ante los tribunales por celebrar los partidos?

Las celebraciones puntuales no suelen acabar en los tribunales, pero la ley sí permite actuar contra reuniones ruidosas que se repiten y alteran la convivencia vecinal

Grupo de amigos viendo un partido del Mundial

Grupo de amigos viendo un partido del Mundial / Archivo

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Mariona Carol

Mariona Carol

El regreso del Mundial vuelve a llenar salones y terrazas con reuniones nocturnas, pero también reactiva una duda habitual: ¿pueden los vecinos denunciar por organizar quedadas para ver el futbol en casa? La respuesta, según la Ley de Propiedad Horizontal, depende de la intensidad y la frecuencia de las molestias.

El artículo 7.2 de esta norma prohíbe actividades molestas, nocivas o peligrosas, aunque la jurisprudencia deja claro que no cualquier ruido puntual puede derivar en una demanda. Un gol celebrado a medianoche no es lo mismo que reuniones ruidosas cada semana.

El criterio del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha marcado una línea clara: para que exista acción legal, el ruido debe ser notorio, persistente y continuado en el tiempo. Es decir, no basta con una noche excepcional.

La diferencia es evidente:

  • Una reunión aislada para ver un partido decisivo no suele tener recorrido judicial.
  • Una rutina de encuentros nocturnos que impiden el descanso sí puede activar la vía legal.
Grupo de amigos viendo un partido de futbol

Grupo de amigos viendo un partido de futbol / Archivo

Policía o comunidad: dos caminos distintos

Cuando el ruido ocurre de madrugada, los vecinos pueden recurrir a la Policía Local. Si los agentes verifican que se superan los límites de la ordenanza municipal, puede imponerse una multa administrativa.

La vía civil, en cambio, se centra en resolver problemas de convivencia dentro del edificio. No busca sancionar un hecho puntual, sino frenar una conducta reiterada.

Cómo debe actuar la comunidad

La comunidad no puede acudir al juzgado sin más. La ley exige seguir un procedimiento llamado acción de cesación:

  • Requerimiento previo del presidente al vecino causante de las molestias.
  • Acuerdo en junta para aprobar la presentación de la demanda.
  • Procedimiento judicial si el problema persiste.

Si la vivienda está alquilada, la responsabilidad puede alcanzar tanto al inquilino como al propietario, que debe intervenir si recibe avisos de la comunidad.

Las consecuencias legales pueden ser severas

Cuando un juez confirma que existe una actividad molesta continuada, las sanciones pueden ser contundentes:

  • Privación del uso de la vivienda hasta tres años.
  • Extinción del contrato de alquiler si el infractor es un arrendatario.
  • Indemnización por daños y perjuicios a los vecinos afectados.

Ver el Mundial con amigos no es motivo de denuncia si se trata de algo puntual. El problema aparece cuando las celebraciones se convierten en una rutina que rompe el descanso del edificio.