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ECONOMÍA

El Supremo avisa: pagar tarde la nómina puede salir caro para las empresas

El Alto Tribunal reconoció el derecho a percibir un interés del 10% de mora del pago adeudado

Imagen de una nómina

Imagen de una nómina

Javier Fidalgo

Javier Fidalgo

El día de cobro es uno de los momentos más esperados para los trabajadores. En España, la nóminasuele pagarse a final o principios de mes, aunque puede variar según la empresa o el convenio colectivo.

Algunos trabajadores esperan esta fecha para poder cubrir todos los gastos mensuales. Desafortunadamente, es probable que conozcas a alguien que ha sufrido un retraso en el pago de su nómina.

En estos casos, es importante contar con ahorros que puedan hacer frente a los pagos más inmediatos, como los suministros y la hipoteca. Además, la empresa puede recibir una penalización por el retraso.

Según el Estatuto de los Trabajadores, "el periodo de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes". Pasado este tiempo, la empresa podría estar obligada a pagar un extra al trabajador.

En el artículo 29.3, la normativa señala que "el interés por mora en el pago del salario será el diez por ciento de lo adeudado". En este sentido, más que una sanción se trata de una compensación del 10% para el trabajador.

Así lo ha ratificado el Tribunal Supremo en una sentencia publicada en mayo de 2025. En la misma, 33 médicos de Barcelona reclamaban a su empresa el pago correcto de su salario.

El Alto Tribunal reconoció el derecho a percibir 183.166,96 euros más un interés del 10% de mora del pago adeudado. Es decir, una suma total que asciende a los 272.925,8 euros, a repartir a partes iguales entre los trabajadores.

Finalmente, el Supremo destaca que este interés solo debe aplicarse cuando hay salarios debidos. Por lo tanto, no puede solicitarse como parte de una indemnización o finalización del contrato.