Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Secciones

Sociedad

Buenas noticias para los pensionistas: La ayuda de 525 euros del IMSERSO que ya pueden cobrar los jubilados

Las prestaciones no contributivas son gestionadas por el IMSERSO

¡Atención pensionistas! Cumpliendo estos requisitos podrían cobrar un complemento de 525 euros anuales

Algunos pensionistas podrían cobrar un complemento de 525 euros anuales / PI STUDIO

Si de algo podemos sentirnos orgullosos en España es de contar con un sistema público de pensiones que garantizan el cobro de una cuota tras el retiro profesional de los ciudadanos del país: la Seguridad Social. Gestionan la pensión de jubilación, la de incapacidad permanente y las relacionadas con los fallecimientos, entre las que se encuentran la pensión de viudedad u orfandad.

No obstante, existen ciertos requisitos necesarios para optar a estas facilidades, como haber cotizado un mínimo de años, aunque también hay quien no dispone de los suficientes recursos económicos. En estos casos, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o los órganos de cada comunidad autónoma entregan las pensiones no contributivas, que incluyen la jubilación y la invalidez.

Estas ayudas están compuestas por 7.905,80 euros anuales (568,70 euros mensuales en 14 pagas), aunque la cuantía ha aumentado este año después de la revalorización y aprobación de las pensiones por parte del Ejecutivo, con el objetivo de proteger el poder adquisitivo de los pensionistas.

Además, también existe un complemento de 525 euros anuales destinado a las personas que residan en una vivienda alquilada. No obstante, los pensionistas que deseen acceder a esta ayuda deben cumplir una serie de requisitos.

Para ello hay que cumplir, nuevamente, unos cuantos requisitos que permiten al ente público asegurarse de que cobra quien debe de hacerlo. Más allá de tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez no contributiva, el IMSERSO obliga a acreditar la carencia de vivienda en propiedad, ser titular de un contrato de arrendamiento de la vivienda y tener fijada la residencia en un domicilio alquilado. Esta última cuestión se demuestra si la persona vive en el mismo sitio durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.

Archivo - Viajes del IMSERSO

Archivo - Viajes del IMSERSO / ·

Asimismo, el IMSERSO exige que el arrendatario no tenga ciertos vínculos con el propietario. No puede haber relación conyugal o de parentesco hasta tercer grado entre ambos. Esto incluye a hermanos, padres, abuelos y tíos, y deja fuera a primos hermanos o tíos abuelos.

Para acceder a la pensión no contributiva, también que cumplir unas condiciones. Se debe tener una edad de entre 18 y 65 años, residir en España durante cinco años -de los cuales dos deben ser consecutivos y anteriores a la solicitud-, acreditar una discapacidad igual o superior al 65% y tener ingresos inferiores a los 7.905,80 euros anuales.

En todo caso, estas ayudas son determinantes para muchas personas que necesitan unos ingresos mínimos para cubrir, de alguna forma, sus necesidades más básicas.