Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Secciones

SEGURIDAD SOCIAL

Es oficial: el Tribunal Supremo obliga a mantener una pensión de 850 euros a una mujer incapacitada de 61 años

El Supremo devuelve una pensión de 850 euros a una mujer con incapacidad absoluta

Imagen de una mujer mirando su pensión

Imagen de una mujer mirando su pensión

David Cruz

David Cruz

El Tribunal Supremo ha dado la razón a una mujer de 61 años que llevaba casi dos años sin poder trabajar debido a una incapacidad permanente absoluta. La sentencia garantiza que seguirá percibiendo una pensión compensatoria de 850 euros mensuales, corrigiendo así una decisión previa que le había denegado ese ingreso.

Este conflicto comenzó después del divorcio de mutuo acuerdo firmado en 2011, cuando se estableció una pensión de 1.000 euros a favor de la mujer.

Con el paso del tiempo, su ex marido solicitó la extinción de esta obligación alegando que había cesado su actividad laboral tras vender su estanco. En un primer momento, el juzgado redujo la cuantía a 850 euros, pero la Audiencia Provincia de Palencia decidió eliminarla por completo.

Ante esta situación, la interesada recurrió al alto tribunal, defendiendo que su realidad no había cambiado: seguía sin poder reincorporarse al mercado laboral debido a su incapacidad laboral, reconocida desde 2007.

Ahora, el Tribunal Supremo ha respaldado este argumento, considerando que su situación de necesidad se mantiene intacta.

Mujer jubilada

Mujer jubilada / Sport

Uno de los puntos clave del fallo es la valoración de la situación económica del ex marido. El tribunal subraya que la venta del estanco no fue una circunstancia sobrevenida, sino una decisión voluntaria que le generó un importante beneficio económico, estimado en torno a 140.000 euros. Por ello, rechaza que se pueda extinguir la pensión basándose únicamente en la reducción de sus ingresos mensuales actuales.

Además, el Supremo recuerda que el hombre ya no tiene que afrontar otros gastos relevantes, como la manutención del hijo que tienen en común, por lo que su capacidad económica actual es mucho mejor.

Sin embargo, la sentencia introduce un matiz: la pensión no será indefinida. Su final está programado en noviembre de 2027, cuando el ex marido alcance la edad de jubilación. A partir de ese momento, se entiende que su situación económica será muy diferente y no podrá hacer frente al pago.