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Economía

La notaria María Cristina Clemento desmonta un mito sobre las herencias: "Da igual que estéis casados en gananciales o en separación de bienes"

Una notaria aclara en TikTok un error común sobre las herencias: el régimen económico matrimonial no exime de la legítima del cónyuge viudo

Herencia

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Esther Chapa

La planificación patrimonial y las herencias vuelven a colarse en el debate público gracias a un vídeo de TikTok que ya acumula miles de visualizaciones.

María Cristina Clemento, notaria en la Notaría Buendía, ha desmentido una de las creencias más extendidas en torno a los matrimonios en régimen de separación de bienes: este acuerdo no impide que el cónyuge supérstite reciba una parte de la herencia.

En su intervención, Clemento recuerda que el régimen económico matrimonial (gananciales, separación de bienes o participación en ganancias) no altera el derecho del viudo o viuda a la legítima. “El cónyuge siempre es heredero forzoso”, señala.

Estas son las situaciones que debes conocer

La legítima, explica la notaria, se concreta en un usufructo sobre la herencia, cuya proporción varía según la situación familiar:

  1. Con hijos: el viudo recibe el usufructo de un tercio de la herencia.
  2. Sin hijos, pero con ascendientes vivos: corresponde el usufructo de la mitad.
  3. Sin hijos ni ascendientes: el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo de dos tercios.

Este recordatorio pone de manifiesto la importancia de contar con asesoramiento especializado a la hora de planificar la sucesión.

Muchas parejas creen que elegir separación de bienes supone independencia patrimonial total, pero la normativa sucesoria, especialmente en territorio de Derecho Común, garantiza al cónyuge superviviente un papel clave en el reparto.

La viralidad del vídeo también ilustra cómo plataformas como TikTok se han convertido en canales de divulgación jurídica, acercando conceptos tradicionalmente complejos a un público cada vez más interesado en sus derechos patrimoniales y sucesorios.

Vía: El Periódico