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Esta multa a un gimnasio de Madrid hace saltar las alarmas: para grabar las clases no basta con informar a los clientes
36.000 euros de multa a un gimnasio de Madrid por grabar una clase grupal, a pesar de avisar previamente a los clientes.

Móvil grabando una sesión de ejercicios
Imagina que entras a tu clase favorita de zumba o spinning en un gimnasio de Tres Cantos, Madrid, y ves un móvil grabando todo desde un rincón. El monitor te dice que es para promoción en redes y que, si no quieres salir en el vídeo, te vayas.
Suena razonable, ¿verdad? Pues la Agencia Española de Protección de Datos piensa lo contrario y acaba de multar con 36.000 euros (rebajados a 21.600 por pronto pago) a ese centro por vulnerar el RGPD. El caso ha puesto nervioso a más de un dueño de gimnasio que sube stories de sus clases sin pensarlo dos veces.
Qué pasó exactamente
Una clienta se quejó al ver el móvil grabando sesiones para Instagram. El gimnasio argumentaba que avisaba verbalmente al inicio, que la política estaba en el contrato de inscripción y que quien no quisiera podía salir. Pero la AEPD lo vio claro: ese consentimiento no vale.
No es libre (salir de clase es un castigo), no es específico (firma general no cubre la grabación de vídeos concretos) y viola principios de tratamiento de datos. La ley exige consentimiento inequívoco para grabar caras identificables con fines comerciales.

Grupo de personas en un gimnasio / Libre
Informar con carteles o de forma verbal no basta; debe ser un consentimiento explícito, revocable en cualquier momento y con información detallada sobre su uso, plazo y derechos, en cada caso de forma individual. Es decir, en cada vídeo realizado se deberían seguir todas estas normas.
Grabar caras en un espacio privado como un gimnasio requiere consentimiento claro y sin presiones. Un cartel o aviso verbal no vale; hace falta que cada uno diga sí activamente, sepa para qué se usa el vídeo, cuánto tiempo se guarda y cómo borrarlo si cambia de idea.
Qué pueden hacer los gimnasios para evitar multas
Para evitar este tipo de multas, los gimnasios deben tener en consideración todos estos elementos si no quieren ser multados. Además, deben ofrecer clases sin grabaciones o, como mínimo, tapar las caras en el vídeo de las personas que participan en las clases.
Además, es necesario que los vídeos sólo se guarden durante un tiempo determinado y tener a una persona responsable que se haga cargo de todo esto. No vale con pedir consentimiento verbal sin dar más explicaciones, como demuestra esta multa.
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