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SOCIEDAD

La Justicia se pone seria y obliga a la Seguridad Social a pagar 10.800 euros a un jubilado tras años de reclamación

El pensionista recibió 9.000 euros en atrasos y 1.800 como compensación por haber tenido que acudir a los tribunales

La portavoz del Gobierno y ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este martes.

La portavoz del Gobierno y ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este martes. / Cesar Vallejo Rodriguez / Europa Press

Un jubilado de Madrid ha logrado que la Justicia le dé la razón frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tras varios años de reclamaciones por un complemento en su pensión que le había sido denegado en repetidas ocasiones.

El caso gira en torno al conocido como complemento de maternidad, una ayuda inicialmente vinculada a mujeres con hijos, pero que también puede ser reconocida a algunos hombres en determinadas circunstancias.

El afectado solicitó este complemento en varias ocasiones sin éxito. La negativa de la Administración se mantuvo incluso cuando alegó su derecho a percibirlo, llegando a argumentarse en un momento dado que la reclamación había prescrito. Ante esta situación, el pensionista decidió iniciar acciones legales en 2021.

Con el proceso judicial en marcha, la Seguridad Social terminó reconociendo su error y procedió a abonar cerca de 9.000 euros en concepto de atrasos, correspondientes a cantidades no percibidas durante años. Sin embargo, el litigio no concluyó ahí.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado finalmente el recurso presentado por la defensa del jubilado y ha considerado que, además del pago de los atrasos, existió un perjuicio adicional. En concreto, el tribunal entiende que se vulneró el derecho a la igualdad del afectado y que el hecho de obligarle a acudir a los tribunales para obtener una prestación reconocida constituye un daño.

Como consecuencia, la sentencia obliga al INSS a abonar una indemnización de 1.800 euros por daños morales, que se suma a la cantidad ya percibida. De este modo, el fallo corrige una decisión previa de un juzgado de lo social que había descartado la compensación económica adicional.

Este caso pone de relieve una situación que, según expertos jurídicos, se repite con frecuencia: pensionistas que se ven obligados a recurrir a la vía judicial para reclamar derechos que posteriormente son reconocidos.