Sociedad
Un jubilado es obligado a devolver 20.000 euros de su pensión por un error en la Seguridad Social
Tras cobrar indebidamente la prestación, la justicia ha avalado la improcedencia de los pagos recibidos de parte del individuo

El hecho se produce a razón de una equivocación administrativa que le compatibilizó la pensión y el trabajo / SPORT
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha declarado como indebidos los ingresos que un jubilado ha estado recibiendo de su pensión en los últimos años, obligándolo a devolver un total de 19.350,63 euros a la Seguridad Social.
Dado que el hombre cobró la prestación inadecuadamente, pues la compatibilizó con un trabajo como autónomo sin cumplir los requisitos para la jubilación activa, el tribunal ha determinado que incurrió en una incompatibilidad, de acuerdo con lo establecido por la Ley General de la Seguridad Social.
En 1997, al individuo se le aprobó una pensión con el 71% de su base reguladora, la cual fue suspendida en 2002 cuando decidió emprender una actividad individual, dándose de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Un jubilado pasea por la calle. / ·
Sin embargo, la misma cesó en 2013, por lo que el hombre empezó a recibir nuevamente la prestación, la cual fue recalculada gracias a las nuevas cotizaciones para permitirle recibir una mejor pensión.
Cinco años después, la Seguridad Social cometió un error al autorizarle la posibilidad de compatibilizar la pensión y el trabajo, basándose en el 118% de la base reguladora dadas sus cotizaciones posteriores.
No obstante, no se consideró la pensión original que se había concedido sobre el 71%, es decir, debajo de la exigencia del 100% que demanda el artículo 214 de la Ley General de la Seguridad Social para disfrutar de la jubilación activa.

Unos jubilados descansan en los bancos de Barcelona. / El Periódico
Por lo tanto, finalmente, el organismo anuló el acuerdo y ha reclamado el reintegro de los cerca de 20.000 euros, con el respaldo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.
La justicia hizo hincapié en que “la pensión le fue reconocida inicialmente en 1997 con un 71%, porcentaje inferior al 100% exigido por la norma para compatibilizarla con el trabajo por cuenta propia”.
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