SOCIEDAD
Una jubilada tiene que devolver casi 5.000 euros a la Seguridad Social por trabajar cuatro meses en hostelería
Los ingresos de Celestina superaron el umbral del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual

Persona Jubilada / Eugene Barmin / Freepik.
En España, existen varias opciones para que los jubilados puedan seguir trabajando. Cada vez es más frecuente que algunos trabajadores compaginen una actividad profesional con su pensión. Ahora bien, es importante cumplir con los requisitos de la Seguridad Social.
En caso contrario, un jubilado en activo podría incumplir la Ley General de la Seguridad Social en España. Así fue el caso de Celestina (nombre ficticio), una jubilada que ha visto cómo ha generado una deuda con la administración pública por trabajar durante cuatro meses sin cumplir las condiciones.
La pensionista percibía una prestación de 917 euros mensuales por su jubilación. Sin embargo, la jubilada decidió aumentar sus ingresos trabajando durante cuatro meses en hostelería.
Para ello, Celestina se dio de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). No obstante, la jubilada no comunicó el cambio a la Seguridad Social. Por otra parte, también superó el límite de ingresos establecidos por el organismo.
En este contexto, la normativa establece que el cobro de la pensión de jubilación es incompatible con cualquier actividad económica. Es decir, no es posible realizar cualquier trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena.
Los ingresos de Celestina superaron el umbral del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual. A partir de este momento, la pensión fue incompatible con su actividad. Por lo tanto, el importe de 917 euros se consideró como una prestación indebida.
De esta forma, la Seguridad Social reclamó el reintegro de la pensión percibida durante este tiempo. Según el total de la deuda, la jubilada ha sido obligada a devolver un importe total de 4.768,82 euros.
Los jubilados que quieran trabajar legalmente y sin riesgo de devolver su pensión, pueden acogerse a las tres modalidades que ofrece la Seguridad Social: jubilación flexible, jubilación activa y trabajador autónomo "tolerado".
- Aparcar dos vehículos o guardar muebles: Qué se puede hacer y qué no en una plaza en propiedad en un garaje comunitario
- Cambio en la Ley de sucesiones: 'Si tus padres te ponen como propietario y luego fallecen, el impuesto es cero
- Gonzalo Bernardos, economista: 'En el futuro, las pensiones serán bastante menos generosas
- Marta Riesco se sincera sobre su relación con Benzema: 'Me dejé llevar
- Jorge Rey lo confirma: llega un giro radical del tiempo a España con nevadas y frío polar
- Última hora ferroviaria: Dos nuevos descarrilamientos de trenes en Catalunya con 20 heridos
- Hacienda responde cuándo pagará la devolución del IRPF a los pensionistas mutualistas
- Eneko destapa a Arbeloa: 'No voy a descubrir la pólvora, él era del Atlético de Madrid
