SEGURIDAD SOCIAL
La jubilación anticipada a los 63 años puede recortar hasta un 21% de la pensión
Recortar la vida laboral y adelantar la jubilación puede conllevar recortes en la prestación

La ministra de Seguridad Social, Elma Saiz. / El Periódico
Desde 2011, la Seguridad Social ha implementado varias reformas sobre el sistema de pensiones que han retrasado la edad de jubilación. Actualmente, el objetivo es que la edad se establezca a los 67 años en 2027. De esta forma, también se han endurecido las condiciones para la jubilación anticipada.
La jubilación es uno de los momentos más esperados para miles de trabajadores. No obstante, recortar la vida laboral y adelantar la jubilación puede conllevar recortes en la prestación para muchos empleados. Así queda recogido en el artículo 208 de la Ley General de la Seguridad Social.
En la normativa, se establece que la jubilación anticipada voluntaria permite adelantar hasta dos años la edad de jubilación ordinaria. Este 2026, se podrán jubilar a los 65 años aquellos trabajadores que tengan, como mínimo, 38 años y 3 meses cotizados.
En caso contrario, la edad de jubilación se encuentra en los 66 años y 10 meses. Por este motivo, los trabajadores que cumplan con los requisitos mínimos de cotización podrán jubilarse de forma anticipada voluntaria a los 63 años. Posteriormente, se aplicará un recorte en la prestación.
Según la Ley General de la Seguridad Social, los coeficientes reductores pueden variar dependiendo "del período de cotización acreditado y los meses de anticipación". Por lo tanto, el porcentaje será mayor en función de los meses adelantados y el tiempo trabajado.
Jubilación anticipada voluntaria
- Menos de 38 años y seis meses cotizados; recorte del 21% de la pensión.
- Entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses cotizados; recorte del 19% de la pensión.
- Entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses cotizados; recorte del 17% de la pensión.
- Más de 44 años y seis meses cotizados; recorte del 13% de la pensión.
Jubilación anticipada involuntaria
- Menos de 38 meses y seis meses cotizados; recorte entre el 28,75% y el 15% de la pensión.
- Entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses cotizados; recorte entre el 26,83% y el 14% de la pensión.
- Entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses cotizados; recorte entre el 24,92% y el 13% de la pensión.
- Más de 44 años y seis meses cotizados; recorte entre el 23% y el 12% de la pensión.
- Confirmado: La Seguridad Social adelanta la jubilación 10 años y sin coeficientes reductores para los trabajadores que cumplan con la cotización
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