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ECONOMÍA

Un fallo de la Agencia Tributaria hará que muchos jubilados cobren hasta 4.000 euros: serán estos

La devolución está avalada por una sentencia del Tribunal Supremo

Agentes de Aduanas de la Agencia Tributaria en la Fundación de Alberto Cortina y Elena Cué.

José Luis Roca

M. H.

Barcelona

Muy buenas noticias para los jubilados, ya que un error de la Agencia Tributaria ha provocado que muchos pensionistas reciban entre 3.000 y 4.000 euros como compensación por el error que Hacienda tuvo en el pasado.

Este fallo se refiere a la manera en que se tributaron las pensiones de ciertas mutualidades laborales entre 1967 y 1978. La Agencia Tributaria está obligada a devolver estas cantidades a los pensionistas que cumplieron con todos los requisitos. 

El dinero lo devuelve la Agencia Tributaria a esos jubilados por haber pagado más impuestos de los que les correspondía en una etapa concreta de su vida laboral. La decisión la avala una sentencia del Tribunal Supremo, que reconoce el derecho de estos pensionistas a reclamar y recibir su dinero.

Hacienda les cobró de más hace años

Tras una reclamación de algunos de los afectados por este fallo de la Agencia Tributaria, el Tribunal Supremo emitió una sentencia en la que admitía que el erario público había cobrado de más a estas personas y que, por lo tanto, debía devolverles el dinero.

Aunque los trabajadores afectados no recuperarán todo lo que pagaron, la sentencia judicial sí establece que, al menos, puedan recuperar lo que tributaron en los últimos tres años del período: de 1975 a 1978.

Para percibir este dinero, Hacienda exige que sean los afectados los que, de forma activa, reclamen su compensación. Así, tienen que elaborar una solicitud manual para no perder el derecho a cobrar este dinero antes de que se agote el plazo.

El trámite ha de realizarse de manera online a través de la sede electrónica del Ministerio de Hacienda.

Cómo consultar el estado de la devolución

Para saber en qué estado se encuentra la solicitud de devolución, una vez presentada ante la Agencia Tributaria, hay que acceder a los servicios de Renta y revisar el expediente personal a través de la opción ""Servicio de tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)".

Para entrar en esta plataforma, el usuario se puede identificar de tres formas diferentes:

  • con certificado digital o DNI electrónico
  • con Cl@ve (si se está registrado en el sistema)
  • con el número de referencia del borrador o declaración de la Renta del año anterior (se trata de un código con 6 caracteres)

Hacienda, por su parte, dispone de un plazo de seis meses para realizar la devolución del IRPF a los mutualistas desde que finalizó la campaña de la Renta.