Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Secciones

SOCIEDAD

El Estatuto de los Trabajadores lo confirma: estos son los derechos que puedes pedir para cuidar de un familiar

La ley permite cuidar de un familiar sin dejar el empleo

Cuidado de familiares

Cuidado de familiares

¿Ya nos sigues?Márcanos como medio preferente
Añádenos en Google
David Cruz

David Cruz

Compaginar el trabajo con el cuidado de un familiar dependiente es una tarea muy complicada, pero la legislación laboral española contempla varias medidas para facilitar esta situación.

El Estatuto de los Trabajadores reconoce diferentes derechos con el objetivo de favorecer la conciliación, permitiendo que una persona pueda atender a un familiar sin verse obligada a abandonar su puesto de trabajo.

Cómo adaptar tu jornada de trabajo al cuidado de un familiar dependiente

Una de las herramientas más utilizadas es la adaptación de la jornada laboral. Este derecho permite solicitar cambios en el horario, el turno de trabajo, la distribución de la jornada o incluso el teletrabajo siempre que sea compatible con el puesto.

A diferencia de la reducción de jornada, esta medida no implica una disminución del salario, aunque debe ser razonable y ajustarse tanto a las necesidades del trabajador como a la organización de la empresa. Si la empresa rechaza la solicitud, debe justificarlo por escrito.

Otra opción es la reducción de jornada por cuidado de familiares. En este caso, el trabajador puede reducir su jornada diaria para atender al cónyuge, pareja de hecho o un familiar de hasta segundo grado que, por edad, enfermedad, accidente o discapacidad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe una actividad retribuida. La contrapartida es que el salario se reduce de forma proporcional al tiempo dejado de trabajar.

Cuidado de familiares

Cuidado de familiares / Archivo

Si la atención tiene que ser inmediata por una enfermedad o accidente, el Estatuto también contempla los permisos por fuerza mayor. Estas ausencias pueden utilizar para atender situaciones familiares urgentes y están retribuidas dentro de los límites fijados por la norma.

Además, existe el permiso retribuido de cinco días por hospitalización, enfermedad grave o intervención quirúrgica de determinados familiares. El Tribunal Supremo ha aclarado recientemente que el trabajador puede elegir cuándo comienza a disfrutar de este permiso, siempre que responda a las necesidades reales del cuidado.

Si ninguna de estas medidas es suficiente, también existe la posibilidad de solicitar una excedencia por cuidado de familiares. Se puede pedir durante un periodo máximo de dos años para atender al cónyuge, pareja de hecho o a un familiar de hasta segundo grado que no pueda valerse por sí mismo. Durante ese periodo se mantiene el derecho a la antigüedad y al menos durante un tiempo, la reserva del puesto de trabajo o de otro equivalente.