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ECONOMÍA

¿Qué debe hacer la familia cuándo fallece el titular de una cuenta bancaria?

Los herederos deben acudir a la Administración Tributaria para conocer la situación

Herencia

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Javier Fidalgo

Javier Fidalgo

Las cuentas bancarias establecen un contrato financiero enter una persona y una entidad. En este caso, el banco es quien administra, custodia y facilita el dinero a través de una operación o servicio.

En España, el uso de la cuenta bancaria es fundamental para el depósito de las nóminas y el resguardo del dinero. Como es habitual, casi toda la población dispone de una cuenta particular.

No obstante, muchos usuarios desconocen qué hay que hacer cuando un familiar, titular de la cuenta, ha fallecido. De hecho, no avisar a la entidad bancaria podría tener consecuencias legales.

En primer lugar, los herederos deben acudir a la Administración Tributaria para conocer si la persona fallecida era titular de una o varias cuentas bancarias, ya que los bancos están obligados a informar al organismo.

A continuación, se debe solicitar el cierre de las cuentas bancarias del titular. De esta manera, se evita la generación de nuevas comisiones o deudas para los herederos.

Para cerrar las cuentas, los herederos deben adjuntar al banco el certificado de defunción, con una copia del testamento. En caso de no existir este último, se podría entregar una declaración de los herederos.

"Estos mismos documentos, además de la documentación justificativa de la aceptación, partición y adjudicación de la herencia son también necesarios para que puedas demostrar tu condición de heredero, indispensable para hacer cualquier movimiento en la cuenta", explicó Asufin.

En un artículo de 'La Razón', la asociación citada indicó que si pasan 20 años sin que ninguna persona reclame la cuenta, los fondos pasarían al Estado. "Lo más habitual es que exista alguien que dé un aviso a la Agencia Tributaria, que tiene un canal específico para informar de estas cuentas y herencias abandonadas en las que el Estado pasa a ser heredero", sentenció.