ECONOMÍA
Confirmado por el Supremo: el permiso por fuerza mayor de cuatro días debe ser retribuido
El alto tribunal ha ratificado la demanda de conflicto colectivo presentada por los sindicatos USO, CIG y CGT

Dos trabajadores en una empresa / Archivo
El Tribunal Supremo ha confirmado que el permiso por causa de fuerza mayor, es decir, urgencia familiar en caso de enfermedad o accidente, debe ser retribuido por las horas de ausencia equivalentes a cuatro días de trabajo, aunque no esté reconocido en el convenio de la empresa.
El alto tribunal se ha pronunciado a través de una sentencia fechada el pasado 17 de abril de 2026. Este derecho se reconoce en el artículo 37.9 del Estatuto de los Trabajadores:
"La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata", recoge la norma.
Por otra parte, la legislación añade que "las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el presente apartado equivalentes a cuatro días al año".

Trabajadores de una industria. / EFE
El fallo confirma la sentencia previa de la Audiencia Nacional, rechazando el recurso que fue presentado por la empresa. De esta forma, los jueces han ratificado la demanda de conflicto colectivo presentada por los sindicatos USO, CIG y CGT.
En 2024, la Audiencia Nacional falló a favor de los sindicatos. Ahora, el Tribunal Supremo ha rechazado el recurso, señalando que la normativa indica que "las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidos las horas de ausencia equivalentes a cuatro días al año".
Después de la resolución, el sindicato USO ha compartido un comunicado donde destaca que "esta victoria garantiza derechos reales de conciliación y refuerza la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral".
Además, resaltan que "consolida que cuidar de tu familia en momentos urgentes no puede costarte dinero de tu nómina". En este sentido, la Unión Sindical Obrera añade que "la corresponsabilidad solo es posible cuando los permisos de cuidado están retribuidos".
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