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ECONOMÍA

Confirmado: Hacienda explica si el IBI de una vivienda heredada reduce el IRPF al venderla

La venta de una propiedad heredada puede estar exenta de IRPF o en su lugar, beneficiarse de una reducción

El ministro de Hacienda, Arcadi España, durante una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

El ministro de Hacienda, Arcadi España, durante una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. / José Luis Roca - EPC

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Javier Fidalgo

Javier Fidalgo

Al vender una vivienda, es importante tener en cuenta cuáles son los impuestos que hay que pagar a las administraciones públicas. En este sentido, uno de los tributos más conocidos es la plusvalía municipal. No obstante, hay un trámite más en los inmuebles heredados.

Primeramente, para vender una vivienda heredada tienes que figurar como propietario en el Registro de la Propiedad. A continuación, cabe destacar que no es necesario pagar el IRPF cuando se hereda una vivienda. No obstante, hay que aplicar este impuesto si más tarde se vende la propiedad heredada.

En algunos escenarios, la venta de una propiedad heredada puede estar exenta de IRPF o en su lugar, beneficiarse de una reducción. En caso de que el propietario tenga 65 años o más y la vivienda sea la residencia habitual, podrá producirse una exención en el IRPF.

Un abogado firmando una herencia

Un abogado firmando una herencia / .

Asimismo, también una exención del IRPF por reinversión en la vivienda habitual. En este caso, la cuantía debe reinventarse de manera total o parcial en una vivienda habitual. Al mismo tiempo, esta reinversión de efectuarse en un período de dos años, anteriores o posteriores a la venta.

Por otra parte, si la venta del inmueble no genera ganancia patrimonial tampoco habrá que pagar IRPF. Para que esto suceda, el precio de la compraventa debe ser igual o inferior al valor estipulado en la herencia, comparando el valor de adquisición con el valor de transmisión.

Al contrario, la Dirección General de Tributos aclara que el IBI no se considera un gasto directo vinculado ni a la transmisión del inmueble ni a su adquisición. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) no es un gasto necesario para adquirir o vender el inmueble, por lo que no puede tenerse en cuenta.

Herencia

Herencia / .

El Ministerio de Hacienda recuerda que en el valor de adquisición de la vivienda heredada se pueden otros gastos para el cálculo de la ganancia patrimonial. En este grupo, se incluyen los gastos de notaría, gestoría, asesoría, registro de la propiedad, plusvalía municipal si fue pagado por el heredero y el Impuesto Sobre Sucesiones y Donaciones.

También se pueden deducir del valor de trasmisión otros gastos como registro, notaría, gestoría, certificados de eficiencia energética, habitabilidad, plusvalía municipal y honorarios de la inmobiliaria. En cualquier caso, es importante justificar cualquiera de estas partidas mediante la factura o documento reglamentario, como las obras de reforma que aumenten la habitabilidad o valor del inmueble.