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El cambio de la Seguridad Social que llega a partir de septiembre de 2026 y obliga a estar pendiente del móvil: hay 10 días de plazo

El cambio no supone la desaparición total del correo postal, ya que se mantienen excepciones para determinados casos y personas con dificultades de acceso a internet

La ministra Portavoz, Elma Saiz, tras una reunión del Consejo de Ministros.

La ministra Portavoz, Elma Saiz, tras una reunión del Consejo de Ministros. / José Luis Roca / EPC

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A partir del 1 de septiembre de 2026, la Seguridad Social ampliará el uso de las notificaciones electrónicas para determinados colectivos. El cambio afectará especialmente a las personas que estén de baja por incapacidad temporal, tengan reconocida una incapacidad permanente o estén implicadas en procedimientos relacionados con lesiones permanentes no incapacitantes. En estos casos, las comunicaciones pasarán a consultarse principalmente por internet.

La medida está recogida en la Orden ISM/541/2026, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y supone ampliar la lista de personas que deben acceder a sus comunicaciones a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. El objetivo es avanzar en la digitalización de estos trámites y facilitar una comunicación más rápida entre la Administración y los beneficiarios.

Elma Saiz

Elma Saiz / Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

Entre los nuevos colectivos incluidos se encuentran quienes sean solicitantes o beneficiarios de una prestación por incapacidad temporal, es decir, quienes estén de baja médica y tengan algún procedimiento relacionado con esta prestación. También se incorporan las personas que reciban comunicaciones relacionadas con una incapacidad permanente y quienes estén afectados por procedimientos sobre lesiones permanentes no incapacitantes.

El funcionamiento será relativamente sencillo. La Seguridad Social enviará un aviso al correo electrónico o al dispositivo que tenga registrado el interesado cuando exista una nueva comunicación disponible. Para consultar su contenido, será necesario acceder a la Sede Electrónica e identificarse mediante alguno de los sistemas habilitados, como Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.

Sin embargo, el cambio no significa que las cartas de la Seguridad Social desaparezcan por completo. La Administración seguirá recurriendo a las comunicaciones en papel en determinadas circunstancias. Por ejemplo, cuando no disponga de los datos electrónicos necesarios para contactar con el ciudadano, podrá enviar una carta certificada para comunicarle la situación y permitirle facilitar sus datos de contacto para futuras notificaciones.

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También quedarán fuera del sistema electrónico aquellas comunicaciones que, por sus características, no puedan trasladarse al formato digital o aquellas que deban entregarse físicamente porque así lo establezca la normativa. Por tanto, la llegada de septiembre no supondrá que todos los trámites de la Seguridad Social pasen automáticamente a realizarse por internet.

Otro aspecto importante es que no todos los pensionistas estarán afectados por esta modificación. Una persona que cobre una pensión de jubilación, viudedad u orfandad no tendrá que recibir necesariamente sus comunicaciones de forma electrónica por el simple hecho de ser pensionista. Lo mismo ocurre con quienes perciben determinadas prestaciones como el Ingreso Mínimo Vital o las prestaciones familiares.

La Seguridad Social ya contaba con otros colectivos obligados a utilizar las comunicaciones electrónicas. Entre ellos se encuentran las empresas, determinadas personas trabajadoras autónomas incluidas en el Sistema RED, profesionales colegiados en los casos establecidos y quienes actúan como representantes o apoderados ante la Administración. También existen prestaciones, como las relacionadas con el nacimiento y cuidado de un menor, que ya están incluidas en este sistema.

Uno de los puntos que más deberán vigilar los ciudadanos será el plazo para abrir las notificaciones. Una vez que la comunicación esté disponible en la Sede Electrónica, el destinatario dispondrá de 10 días para acceder a ella. Si entra antes de que termine ese periodo, la notificación se considerará recibida en el momento en que consulte su contenido.

Pero si transcurren esos 10 días sin abrir la comunicación, la Administración la considerará rechazada. Esto no significa que el procedimiento se detenga ni que la resolución desaparezca. Al contrario, el trámite continuará y podrán comenzar a contar los plazos disponibles para presentar alegaciones, recursos u otras actuaciones.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz; la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, y la ministra de Sanidad, Mónica García, este martes en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz; la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, y la ministra de Sanidad, Mónica García, este martes en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. / Jaime Luján Alarcón - Europa P / Europa Press

Existe una excepción cuando el ciudadano no puede acceder a la notificación por problemas técnicos imputables a la propia Seguridad Social. Si una incidencia de este tipo se prolonga durante más de 12 horas, el cómputo de los plazos puede quedar suspendido hasta que se solucione el problema. Además, las personas que tengan dificultades para utilizar internet podrán solicitar asistencia presencial en los centros CAISS de la Seguridad Social.

En resumidas cuentas, el cambio obliga a determinados beneficiarios a estar mucho más pendientes de sus avisos electrónicos. Tener actualizados el correo electrónico y los datos de contacto, revisar periódicamente las comunicaciones y no dejar pasar el plazo de 10 días será especialmente importante para quienes estén de baja, tengan una incapacidad permanente o estén inmersos en alguno de los procedimientos afectados. La carta no desaparece por completo, pero para estos colectivos internet se convertirá desde septiembre en la principal vía para recibir las comunicaciones de la Seguridad Social.