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Sociedad

Cámaras en el trabajo: La nueva tendencia que ya está permitida por la ley en España

Las empresas pueden controlar a sus empleados si se cumplen estos tres condicionantes

Las cámaras en el trabajo ya son legales.

Las cámaras en el trabajo ya son legales.

Pol Langa

Pol Langa

Hasta ahora uno de los temas que habían planeado sobre muchas empresas, pero que no se sabía si existía la defensa legal para implementarlo eran las cámaras en el trabajo.

Una medida de este tipo puede ser útil para clarificar casos de robos dentro de las oficinas, por lo que seguramente algunas empresas decidan implementarla después de que el Tribunal de Justicia de Madrid aprobara su uso con el objetivo de vigilar a los empleados.

Sin embargo, solamente pueden imponerse bajo tres requisitos indispensables que comenta el abogado laboralista de TikTok, Nacho de 'Un tío legal'.

"Lo primero es una finalidad legítima. El empleador tiene derecho a poder controlar la actividad de los trabajadores a través del poder de dirección. Y esto viene recogido en el Estatuto de los Trabajadores", explica el experto.

"Luego tiene que haber una comunicación previa. Y cuando digo comunicación, no me refiero a que el trabajador tenga que aceptar que hay cámaras de seguridad, solo indicarte. Y la tercera es que existan carteles visibles", termina.

Como ejemplo del uso de las cámaras, el abogado recupera un caso concreto en el que una compañía despidió a una mujer gracias a que a través de las cámaras confirmaron que sustrajo tres productos de su puesto de trabajo.

"La cuestión es que a esta trabajadora se le pudo despedir porque la empresa, tras una investigación, constató que no había abonado tres productos. Lo primero es a través de las cámaras de seguridad y luego constatar a través de las cajas si se ha hecho el pago de ese producto", puntualiza.

Revela que aunque se trataban de unos elementos "escasos de valor", el tribunal que ha decidido sentenciarla no ha tenido eso en cuenta porque ella sostenía que sí que había pagado el precio de dichos artículos.

"El despido se declara procedente. Porque no importa el valor de los productos, importa la conducta, la transgresión de la buena fe. Con ese tipo de conductas una empresa ya no puede confiar en el trabajador", añade.

En casos así, "cualquier grabación es automáticamente válida", aunque no está permitido poner cámaras en lugares de privacidad, como "baños y vestuarios", ni tampoco que puedan registrar ningún tipo de audio.

"Eso es totalmente ilegal, salvo determinados casos donde la única forma de controlar la actividad laboral del trabajador sea el audio. Así que las cámaras de seguridad son válidas y no robes, porque da igual que sea un céntimo, un euro o mil. Si sustraes algo, el despido será procedente", termina exponiendo.