ECONOMÍA

Buenas noticias: los trabajadores podrán jubilarse antes de tiempo cumpliendo estos requisitos

La Seguridad Social permite acogerse a esta opción, pero también tiene consecuencias

La titular de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, en su comparecencia en el Foro Nueva Economía.

La titular de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, en su comparecencia en el Foro Nueva Economía. / Diego Radamés EUROPA PRESS

Adrià Regàs

Adrià Regàs

La jubilación es una etapa ansiada por muchos trabajadores. Después de una dura y extensa vida laboral, la desconexión y la salida del mercado laboral son premios más que merecidos. Una vez se alcanza la edad ordinaria, la Seguridad Social se encarga de proporcionar la pensión.

Dicho esto, las cotizaciones juegan un papel fundamental para determinar tu pensión de jubilación. Tanto las personas asalariadas como autónomas deben asumir estas aportaciones, ya sea a través de la empresa o mediante pagos directos, para disfrutar de la prestación.

No obstante, la Seguridad Social permite a los trabajadores jubilarse de forma anticipada voluntariamente. Para ello, los interesados deberán cumplir con una serie de requisitos, como acreditar un periodo de cotización de, al menos, 35 años, y que 2 de ellos deben estar entre los 15 años inmediatamente anteriores al momento de solicitar esta jubilación adelantada.

Asimismo, es necesario demostrar que la cuantía de la pensión por jubilación anticipada sería superior a la pensión mínima que percibiría esa persona al finalizar la vida laboral con 65 años. Es decir, si un trabajador recibiría 800 euros retirándose antes de tiempo, pero con 65 obtendría 850, no podrá acceder a esta opción.

Respecto a la edad, los interesados podrán jubilarse a los 63 años si han cotizado durante 38 años y 3 meses o más. Si no es así, deberán esperar a cumplir los 64 años y 6 meses.

Por otro lado, la jubilación anticipada tiene consecuencias, ya que la cuantía a percibir en la pensión será más baja. La Seguridad Social aplica unos coeficientes reductores que serán más altos si te retiras con más margen, y más bajos si estás cerca de alcanzar la edad ordinaria.

Por ejemplo, un trabajador que adelanta su jubilación en 2 años y ha cotizado menos de 38 años y 6 meses, verá reducida su pensión en un 21%. Este es el porcentaje máximo, y el mínimo es del 2,81% en caso de adelantar un mes la jubilación y acreditar más de 44 años y 6 meses cotizados.

En todo caso, la jubilación anticipada tiene sus pros y sus contras. Antes de tomar una decisión, es necesario valorar todos los escenarios y decidir si la mejor opción es dejar de trabajar o esperar a la edad ordinaria que marca la Seguridad Social.