SEGURIDAD SOCIAL
Buenas noticias para los jubilados: si cuidas de tus nietos, puedes cobrar más cada mes
La Seguridad Social lo confirma: este grupo de pensionistas puede recibir un extra en su pensión

Una pareja de jubilados
Cada vez son más los jubilados en España que, por diferentes circunstancias familiares, se hacen cargo de sus nietos. Una situación que, además del desgaste emocional, implica un esfuerzo económico importante, sobre todo cuando se cuenta con una pensión ajustada.
Sin embargo, lo que muchos desconocen es que existe la posibilidad de solicitar un complemento económico mensual que puede aliviar esta carga.
La Seguridad Social contempla que un menor bajo tutela legal, guarda o acogimiento puede ser considerado como "hijo a cargo", incluso si se trata de un nieto. Este reconocimiento no implica una ayuda automática, pero sí abre la puerta a solicitar determinadas prestaciones económicas.
Entre las principales opciones se encuentra el complemento por hijo a cargo. Aunque esta ayuda ya no admite nuevas solicites en la mayoría de los casos, sigue vigente en situaciones específicas como la tutela legal de menores.
En estos supuestos, la Administración reconoce que el jubilado asume una responsabilidad económica equivalente a la de un progenitor.

Abuelos, hijos y nietos comiendo / PEXELS
La cuantía de este complemento varía en función de los ingresos y de la situación familiar. Además, en los casos en los que el menor tenga reconocida una discapacidad, la ayuda puede ser significativamente mayor. Se trata de un apoyo compatible con pensiones bajas, de ahí que sea un recurso clave en muchos hogares.
A este respaldo estatal se suman las ayudas autonómicas. Cada comunidad autónoma dispone de programas propios que incluyen prestaciones económicas periódicas, becas de comedor escolar, ayudas para material educativo o incluso subvenciones de emergencia social.
Para acceder a estos beneficios es imprescindible contar con una resolución oficial que acredite la tutela, guarda o acogimiento del menor a cargo de su abuelo. La solicitud debe hacerse tanto ante la Seguridad Social como en los servicios sociales que correspondan.
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