Vivienda
Buenas noticias para los inquilinos: Pueden ampliar el alquiler aunque el propietario quiera terminarlo
El Gobierno ha emitido una nueva legislación que ampara a los arrendatarios a continuar con su contrato e impide a los propietarios 'echar' a sus alquilados para subir el precio, siempre que se cumplan unos condicionantes

Los inquilinos respiran tranquilos con la cláusula de la Ley de Vivienda. / SPORT
La crisis de la vivienda en las grandes ciudades de España se está convirtiendo en uno de los factores que más preocupan a los ciudadanos, sobre todo a aquellos más jóvenes o los que viven en situación de peligro económico.
Por eso, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana se encarga de emitir nuevas soluciones, como la construcción de vivienda pública o la nueva medida que implementará con la reforma de la Ley de la Vivienda. Esta se destinará a favorecer a quienes tengan un contrato activo de arrendamiento y vivan en el piso en cuestión.
Con ello, quieren poner solución a prácticas como la rescisión de un contrato para pasar una residencia al sector del alquiler. Los datos indican que en los principales focos de población del país se vive una saturación de la oferta de alquiler de pisos que no dejan florecer otro tipo de arrendamientos debido a la voluntad de los propietarios de destinarlos al turismo. Por eso, en lugares como Barcelona o Madrid más del 27% de las viviendas están destinadas a uso turístico, mientras que en las Baleares el porcentaje supera el 30%.
El Gobierno pretende dar más cobijo a los inquilinos de los pisos de alquiler dentro de un mercado que cada año es más incierto por su alta variabilidad y unos precios que no paran de crecer. Sin embargo, la medida no gusta nada a los propietarios, que ven coartado su derecho a sacar rendimiento económico de sus propiedades.
Según el artículo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, los contratos de alquiler firmados desde el 6 de marzo de 2019 se prorrogan de forma automática, impidiendo así que se deniegue la renovación del contrato por parte de los dueños de los inmuebles.
Pero la medida solamente se aplica en los casos en los que el contrato sea inferior a los cinco años en los casos de las personas físicas, pues si se trata de una persona jurídica, el precepto se amplía hasta los siete años de contrato.
De esta manera, se asegura que los usufructuarios de los pisos puedan continuar en su vivienda y completar su contrato, siempre que tengan los pagos en regla e independientemente de que la propiedad quisiera terminarlo.
Mientras que desde el Gobierno se asegura que "esta normativa garantiza estabilidad y frena la rotación constante de viviendas de alquiler", la nueva medida no gustó nada a los propietarios, que creen que a partir de ahora lo que imperarán son los contratos a corto plazo. De esta manera, se ahorrarían los posibles problemas futuros con la ley y podrían determinar nuevos precios sin las restricciones.
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