Derechos laborales
El abogado y divulgador Miguel Benito, sobre los descansos en el trabajo: "Estos son todos a los que tienes derecho"
El especialista laboral repasa los condicionantes en los descansos de los trabajadores en España y explica los límites legales existentes

El abogado laboralista, Miguel Benito, sobre los descansos que tienen los trabajadores según la ley. / SPORT
La jornada más habitual en España es la de 40 horas semanales, aunque existen algunos matices en cada trabajador, pudiendo existir la de las 37,5 horas o incluso de 35 horas. Esto significa que al día se acostumbran a realizar unas ocho horas de faena y que a la semana se emplean cinco días para realizarlas, ya sea de forma continua o con horario partido, en función del sector.
Sin embargo, muchos no saben realmente cuántos descansos tienen derecho a hacer, pese a que estos están regulados por el Estatuto de los Trabajadores.

Yolanda Díaz, vicepresidenta del Gobierno. / EFE
Por eso, existen perfiles en las redes sociales como el del abogado Miguel Benito, mejor conocido en TikTok e Instagram como Empleado Informado, que repasan la legislación para que nadie regale un minuto de su tiempo en el trabajo.
El primero que sale a la palestra es el derecho a descansar un mínimo de seis horas seguidas durante la jornada laboral: "Tienes derecho a un descanso mínimo de 15 minutos", apunta e invita a revisar el convenio colectivo ya que "algunos lo reconocen como tiempo de trabajo".

Un trabajador se duerme durante su jornada laboral. / ·
El segundo caso es el "descanso entre jornadas", un tiempo mínimo legal que nunca puede ser inferior de 12 horas consecutivas. Por lo tanto, una empresa puede poner un horario en el que el empleado empiece un lunes a las 9 horas a 17 horas, mientras que el martes puede entrar a las 12 horas y salir a las 20 horas, aunque entonces el miércoles deberá entrar nunca antes de las 8 horas, pues no existe un límite de horarios distintos por semana.
En tercer lugar, apunta que el "descanso semanal", el popularmente conocido como fin de semana, debe ser de "un mínimo de un día y medio", aunque como suele ocurrir, "muchos convenios colectivos lo mejoran a dos días completos". Si bien es cierto, algunas empresas aplican modificaciones en casos en los que el trabajador hace más de cinco días consecutivos y los descansos hasta la nueva semana laboral pueden ser superiores, sobre todo si durante la jornada se ha trabajado en domingo.
Finalmente, destaca que las vacaciones deben ser de "30 días naturales todos los años", el equivalente a 2,4 días por mes trabajado. El concepto 'naturales' responde a que a diferencia de la jornada laboral, los días de vacaciones comprenden tanto entre semana, como fines de semana, por lo que se cuentan como un todo y no se puede diferenciar entre ellos para reclamar más festividades.
En los casos en los que el contrato no sea indefinido las vacaciones se calculan de forma proporcional respecto al tiempo de ocupación laboral, es decir, que si el contrato es de seis meses, las vacaciones serán de 15 días naturales, la mitad.
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